Nidia Rosa López de González, exdirectora de Gestión y Reducción de Riesgos de la Municipalidad de Asunción, fue beneficiada con la suspensión condicional del procedimiento y devolverá Gs. 200 millones al municipio en el marco de la causa conocida como “detergentes de oro”. La misma reconoció los hechos y colaboró con la investigación.
La medida, concedida por un plazo de un año, fue adoptada tras la audiencia preliminar realizada el 22 de septiembre. En la diligencia estuvieron presentes los fiscales Jorge Arce, Silvio Corbeta y Marlene González, quienes ratificaron su requerimiento fiscal del 03 de septiembre pasado, proponiendo la salida alternativa por reunir la procesada los requisitos legales.
El Ministerio Público destacó que López carece de antecedentes penales y colaboró activamente con la investigación, aportando información y testigos, así como ofreciendo la devolución de montos cuestionados. Además, admitió formalmente los hechos imputados y manifestó su voluntad de reparar el daño causado, lo que, a criterio de los fiscales, permite aplicar una medida alternativa en vez de continuar con el juicio ordinario.
En ese sentido, la imputada se comprometió a abonar Gs. 200 millones en concepto de reparación particular a la Municipalidad de Asunción y otros Gs. 15 millones como reparación social para las festividades en honor a la Virgen de los Milagros de Caacupé. El pago deberá realizarse en cuentas oficiales y presentarse la constancia en un plazo de 24 horas, conforme al oficio remitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la comuna.
El juzgado también impuso reglas de conducta como comunicar cualquier cambio de domicilio y salida del país y comparecer trimestralmente ante el Juzgado de Ejecución para firmar el libro de control. El incumplimiento injustificado de estas obligaciones podría derivar en la revocación de la medida y la prosecución del proceso penal.
La defensa, ejercida por los abogados Jorge Arturo Daniel y Andrés Casati, se allanó al planteamiento fiscal, subrayando que la participación de su representada fue mínima y estrictamente administrativa, en un contexto de urgencia generado por la pandemia y que la actitud de López ha sido de total transparencia y cooperación con las autoridades.
La suspensión condicional del procedimiento es una figura procesal prevista en los artículos 21 y 22 del Código Procesal Penal y en el art. 44 del Código Penal, aplicable a imputados sin antecedentes y con expectativa de pena no superior a dos años. Su finalidad es evitar juicios innecesarios y dar una respuesta rápida y proporcional a los hechos, permitiendo la reparación del daño y el cumplimiento de reglas de conducta.
Con esta resolución, el juzgado da por suspendidos los plazos del proceso y somete a Nidia López a control judicial por un año. Si cumple las condiciones, se extinguirá la acción penal en su contra; de lo contrario, el procedimiento podrá reanudarse y llegar a juicio.







