La jueza de Ejecución María Lidia Wyder Mendieta otorgó la libertad condicional bajo estrictas reglas de conducta a María del Carmen Martínez Méndez, conocida como la comepapeles, condenada a 3 años y 6 meses de prisión en la causa derivada del caso de presunta lesión de confianza, «Una no te calles».
De acuerdo al informe forense sobre su personalidad, la interna presenta un estilo interpersonal caracterizado por responsabilidad, disciplina, autonomía personal y orientación al logro, rasgos coherentes con su trayectoria profesional previa en ámbitos administrativos y de gestión.
Durante la evaluación se observó una persona cordial, respetuosa, colaboradora y con adecuados modales sociales la evaluada mantiene participación activa en actividades comunitarias dentro del establecimiento penitenciario, particularmente en el ámbito de la biblioteca y en actividades culturales y religiosas.
En términos globales, el funcionamiento interpersonal de la misma se caracteriza por adaptabilidad social, respeto por las normas institucionales y adecuada capacidad de interacción con otros.
La misma también cuenta con una propuesta de trabajo como auxiliar contable en una empresa de auditoría ubicada en San Lorenzo, otro de los requisitos para el otorgamiento del beneficio.
La magistrada estableció que el periodo de prueba de la libertad condicional se extienda hasta el 19 de febrero de 2027 y le impuso reglas de conducta como la prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes, de salir del país sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, cambiar de teléfono y también tiene prohibido frecuentar lugares y/o personas que influyan negativamente en su persona.
También está obligada a residir en la casa denunciada en autos, de realizarse screening toxicológico en un Centro Público o Privado de su preferencia, hacer una donación mensual de G. 200.000 a partir de julio 2026 y por todo lo que dure el periodo de prueba, como reparación del daño social, a una entidad benéfica establecida por el juzgado. Asimismo debe comparecer ante el Juzgado de forma mensual y tiene una restricción de salir de su domicilio entre las 22:00 y las 06:00 y finalmente está obligada a presentar mensualmente un informe detallado sobre la actividad laboral que realiza.







