“El acceso a la información pública es una cultura de transparencia”

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En conmemoración al día internacional de Acceso Universal a la información, el director General de la Dirección de Transparencia de la Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC) Julio Noguera manifestó a PDS radio y tv Digital que el acceso a la información pública es un derecho que permite el acceso a otros derechos, un instrumento transversal a la gestión pública y es clave y fundamental propiciarlo y promoverlo ya que tiene que ver con una cultura de transparencia a nivel internacional.

 

 

Manifestó que incluso es algo reconocido entre los Objeticos de Desarrollo Sostenible (ODS) incorporado como parte del objetivo N° 16 que guarda relación con el ejercicio de la rendición de cuentas que debe ser trabajado por los estados en el reconocimiento de la soberanía del pueblo. Explicó que el ejercicio de la rendición de cuenta es una actividad obligatoria por parte de la administración de los países como parte de lo que hace al modelo democrático de los gobiernos.

 

 

Agregó que, si bien en Paraguay en el año 1992 se consagró la ley de derecho a la información pública dictada en el art. 28, el encargo de lo que hace a la supervisión de niveles de transparencia con incorporaciones normativas se fueron dando recién a partir del año 2000 en adelante con leyes vinculadas al sistema financiero, incorporación del sistema de concurso para el ingreso a la función pública, entre otros. Sin embargo, recién en el año 2014 se establecieron normas de alcance general para todas las instituciones.

 

 

Fue entonces cuando se aprobaron las dos leyes de acceso a la información pública, una de ellas es la Ley 5.189/14 que está a cargo de la Secretaría de la Función Pública conocida comúnmente como la “Ley de sueldos”, la primera que obligó a las instituciones públicas a publicar información sobre ellos y la más conocida, la Ley de Libre acceso ciudadano a la información pública, la 5.282/14.

 

 

Esta última tiene la característica de tener dos dimensiones, una es la dimensión activa que hace que las instituciones publiquen información sin una solicitud previa, la que requiere de 17 incisos que deben ser publicados entre los que están a) Su estructura orgánica, b) Las facultades, deberes, funciones y/o atribuciones de sus órganos y dependencias internas; c) Todo el marco normativo que rija su funcionamiento y las normas constitucionales, legales de alcance nacional o local y reglamentario cuya aplicación esté a su cargo; d) Una descripción general de cómo funciona y cuál es el proceso de toma de decisiones; e) El listado actualizado de todas las personas que cumplan una función pública o sean funcionarios públicos, con indicación de sus números de cédula de identidad civil, las funciones que realizan, los salarios u honorarios que perciben en forma mensual, incluyendo todos los adicionales, prestaciones complementarias y/o viáticos, entre otros.

 

 

Por otro lado, está la dimensión pasiva, la cual está relacionada a las consultas ciudadanas que deben ser respondidas durante un periodo de tiempo estipulado. Los roles de supervisión están divididos, en el caso de la transparencia activa está a cargo de la SENAC y en el caso de la transparencia pasiva, se encuentra a cargo del Ministerio de Justicia.

 

 

Manifestó que desde la SENAC han lanzado una plataforma transparencia.senac.gov.py que, en base a lo que es el plan nacional de integrad, que puede medir los incumplimientos de las instituciones en base a la dimensión activa. A través de esta plataforma se puede divisar el nivel de cumplimiento de las instituciones con las normativas, basado en criterios objetivos.