El JEM dictará sentencia en causa de magistrada acusada de liberar a narco condenado

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En sesión ordinaria, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados ordenó la apertura de la causa a prueba a la jueza Penal de Ejecución N° 1 de la Capital, abogada Mercedes Aguirre ante supuestas irregularidades en una causa donde se le acusa de beneficiar a un supuesto narco, la senadora Hermelinda Alvarenga intervino en esta causa.

El ministro Manuel Ramírez Candia solicitó la apertura de la causa a prueba basada en el artículo 26 de la Ley del Jurado y ante las pruebas documentales que obran en el expediente más las pruebas testificales que ofreció el enjuiciado y la fiscal acusadora la causa.

En su descarga, la jueza Mercedes Aguirre dijo que la auditoría que se realizó de su gestión no fue integral porque se omitieron datos importantes durante la misma. Dijo además que su conducta profesional y privada la lleva de manera pulcra y con honestidad durante sus 21 años de carrera judicial.

Señaló que la denuncia realizada por su colega son infundadas y mal intencionadas, la cual derivó en su enjuiciamiento con suspensión sin goce de sueldo y la de los funcionarios a su cargo de la entonces jueza de Ejecución Penal.

Aguirre refutó los cuatro puntos de la resolución de las supuestas irregularidades, alegando que su Juzgado se encontraba de turno según Acordadas de la Corte Suprema de Justicia, negó también la clonación del expediente y se opuso a lo manifestado en la acusación, ya que el sustento legal de la competencia asumida por la misma fue realizada dentro del debido proceso y con imparcialidad respetando el principio de competencia y jurisdicción.

En ese sentido, el Jurado declaró por mayoría cuestión de puro derecho en las causas y llamar a autos para resolver para el agente fiscal de la Unidad Especializada de Derechos Económicos y Anticorrupción, Osmar Legal Troche y la agente fiscal de la Unidad N° 3 del Sector 1 de la Capital, Fátima Capurro.

El ministro Luis María Benítez Riera se excusó de atender la causa con base en lo preceptuado en el artículo 21 del Código Procesal Civil y se comunicará a la Corte Suprema de Justicia para la designación de un sustituto.