El juez penal de garantías Rodrigo Estigarribia resolvió elevar a juicio oral y público la causa conocida como “Merienda Escolar”, en la que se encuentra acusado el exsenador y exgobernador de Guairá Rodolfo Max Friedmann Alfaro, junto con Silvio Álvaro Alfaro Bertolo, Lourdes María Auxiliadora González de Melgarejo y Eduardo Domínguez, por presuntas irregularidades en la adjudicación del servicio de alimentación escolar durante la administración departamental del exlegislador.
La decisión fue adoptada tras la audiencia preliminar desarrollada ante el magistrado, en la que el Ministerio Público ratificó íntegramente la acusación y solicitó que los procesados sean sometidos a juicio oral. La fiscal anticorrupción Silvia González sostuvo que existen elementos suficientes para sostener la hipótesis de que se implementó un esquema destinado a beneficiar a una empresa vinculada directamente a Friedmann mediante contratos con la Gobernación del Guairá.
Según la acusación, los hechos habrían ocurrido entre los años 2013 y 2018, período en que Friedmann se desempeñó como gobernador del cuarto departamento. La investigación sostiene que el exsenador habría autorizado y suscrito contratos administrativos para la provisión de almuerzo escolar con la firma Eventos y Servicios S.A. (ESSA), empresa que, de acuerdo con el Ministerio Público, él mismo controlaba y dirigía a través de allegados y colaboradores de confianza.
Leé más acá: https://pdsdigital.com.py/merienda-escolar-causa-contra-ever-noguera-es-elevada-a-juicio-oral/
La Fiscalía atribuye a Friedmann los hechos punibles de administración en provecho propio, lavado de dinero y asociación criminal. En el caso de Silvio Alfaro y Lourdes González, la acusación es por presunta complicidad en administración en provecho propio y lavado de dinero, mientras que Eduardo Domínguez fue acusado como cómplice en el supuesto lavado de dinero.
El relato fiscal señala que la estructura habría permitido ocultar beneficios económicos indebidos obtenidos a partir de la adjudicación de contratos públicos de alimentación escolar a una empresa estrechamente vinculada al entonces gobernador. Según los investigadores, ESSA habría sido utilizada como instrumento para canalizar recursos provenientes de contratos financiados con fondos de la Gobernación de Guairá, generando ventajas patrimoniales para los involucrados.
La causa tuvo un extenso recorrido judicial. En el año 2022, el Ministerio Público había solicitado el sobreseimiento provisional de los procesados y, posteriormente, la entonces fiscal Victoria Acuña pidió el sobreseimiento definitivo. Sin embargo, el juez José Agustín Delmás se opuso a esa pretensión y remitió el expediente a la Fiscalía General del Estado. El fiscal adjunto Roberto Zacarías rectificó la postura anterior y presentó la acusación formal el 20 de junio del año 2023.
Dentro del mismo proceso, la esposa de Friedmann, Marly Figueredo, fue beneficiada con el sobreseimiento definitivo en diciembre del año 2025 respecto al cargo de supuesto lavado de dinero, luego de que la Fiscalía mantuviera el pedido de desvinculación en su favor. Respecto al exdiputado Ever Noguera, también procesado en la misma causa, también se elevó a juicio oral por los hechos punibles de administración en provecho propio y lavado de dinero en calidad de cómplice.
Durante la audiencia preliminar, las defensas plantearon diversos incidentes, entre ellos nulidades, pedidos de sobreseimiento y exclusión de pruebas. Rodolfo Friedmann, al ejercer su defensa material, negó haber cometido lesión de confianza, enriquecimiento ilícito o malversación de fondos públicos y afirmó que nunca se quedó “con ningún guaraní del Estado”. También sostuvo que sus declaraciones juradas jamás fueron objetadas por la Contraloría General de la República y defendió la legalidad de la licitación pública para la provisión del almuerzo escolar.
Con la resolución del juez Estigarribia, el caso avanzará a un tribunal de sentencia, donde el Ministerio Público deberá demostrar en juicio oral la existencia del supuesto esquema de corrupción y la responsabilidad penal de los acusados.






