Elevan a juicio oral causa por presunto tráfico internacional de drogas en Canindeyú

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Neri Ribeiro Ferreira

El juez Omsar Legal resolvió elevar a juicio oral y público la causa seguida contra Neri Ribeiro Ferreira, acusado por la presunta comisión de los hechos punibles de tráfico internacional de drogas, asociación criminal y detentación ilegal de armas.

La decisión fue adoptada durante la audiencia preliminar, luego de que el Ministerio Público ratificara la acusación presentada por el fiscal Abelino Bareiro Aguirre y de que la defensa del procesado acompañara el pedido de apertura a juicio, sosteniendo que la discusión sobre la responsabilidad penal debe desarrollarse en el debate oral y público.

Según la acusación fiscal, Ribeiro Ferreira habría integrado una estructura dedicada al acopio, transporte y remisión de importantes cargamentos de marihuana prensada desde el departamento de Canindeyú hacia la República Federativa del Brasil.

La investigación señala que durante allanamientos realizados en inmuebles vinculados al acusado fueron incautados 2.788,05 kilogramos de marihuana prensada, distribuidos en 109 paquetes y cuatro bolsas arpilleras. De acuerdo con la hipótesis del Ministerio Público, la droga era almacenada en una vivienda ubicada a aproximadamente 150 metros de la residencia del procesado, desde donde posteriormente sería trasladada a puertos clandestinos situados sobre el río Karapá, afluente que desemboca en el río Paraná, utilizado como ruta fluvial hacia territorio brasileño.

La Fiscalía sostiene que, para estas actividades, presuntamente se utilizaban diversos medios logísticos, entre ellos una embarcación de casco negro con motor fuera de borda, una camioneta Chevrolet S10 y un vehículo Fiat Strada con matrícula presuntamente apócrifa. Este último fue hallado en el lugar donde se encontraba almacenada la carga de marihuana; según los investigadores, los vehículos eran utlizados para el acopio, transporte y movilización de la droga hasta puntos cercanos a la frontera con Brasil.

Otro de los elementos destacados en la acusación es el análisis de datos extraídos de un teléfono celular incautado al procesado. El Ministerio Público afirma que los archivos hallados permitieron vincular a Ribeiro Ferreira con el uso habitual del vehículo Fiat Strada y con actividades relacionadas con el almacenamiento y traslado de la droga. Asimismo, sostiene que se detectaron registros georreferenciados que se extendían hacia zonas fronterizas e incluso hacia territorio brasileño, lo que, según la acusación, respaldaría la hipótesis de una estructura orientada a la remisión internacional de estupefacientes.

En cuanto al supuesto hecho punible de asociación criminal, la Fiscalía sostiene que el acusado formaba parte de una organización dedicada de manera permanente al tráfico internacional de marihuana. Según la acusación, su rol consistía en acopiar grandes cantidades de droga, transportarlas mediante vehículos y embarcaciones y facilitar su envío al mercado brasileño.

Los investigadores también mencionan comunicaciones y archivos hallados en el dispositivo móvil que, a criterio del Ministerio Público, evidenciarían la existencia de una estructura organizada para estas actividades.

Respecto al hecho de detentación ilegal de armas, la acusación refiere que durante los procedimientos fue hallado un fusil calibre .30 con cargador, sin número de serie visible, además de 34 proyectiles calibre 7,62 milímetros. El arma se encontraba oculta en una vivienda cercana al domicilio del acusado. La Fiscalía sostiene que la evidencia recolectada permite vincular al procesado con la posesión de dicha arma.

Durante la audiencia preliminar, el Ministerio Público solicitó además la incorporación de nuevas pruebas documentales obtenidas con posterioridad a la presentación de la acusación, entre ellas informes del Consulado de Brasil en Saltos del Guairá sobre la situación registral del vehículo Fiat Strada, un informe técnico balístico sobre el arma incautada, actas de recepción de evidencias y documentación remitida a la Secretaría Nacional de Bienes Incautados y Comisados (SENABICO). La defensa no se opuso a la incorporación de dichos elementos.

En la misma audiencia, la defensa manifestó que la etapa preliminar no constituye el ámbito adecuado para determinar la verdad de los hechos ni la responsabilidad penal del acusado, por lo que acompañó el pedido de elevación de la causa a juicio oral. Además, sostuvo que durante el debate podrán producirse pruebas de descargo orientadas a demostrar que Ribeiro Ferreira no integraba una organización criminal ni se dedicaba al acopio y envío de sustancias estupefacientes al Brasil.

Por otra parte, el juez dispuso el sobreseimiento definitivo de Ribeiro Ferreira respecto a los hechos punibles de tenencia de estupefacientes previstos en el art. 27 de la Ley 1340/88 y de una de las modalidades de detentación ilegal de armas contemplada en el artículo 260 inciso b) de la Ley 7411/2024. La resolución se fundamentó en que el Ministerio Público desistió expresamente de sostener dichas calificaciones, al considerar que la conducta atribuida quedaba absorbida por la figura de tráfico internacional de drogas y por la acusación finalmente presentada.

Con esta resolución, la causa avanzará a la etapa de juicio oral y público, donde un Tribunal de Sentencia deberá analizar las pruebas ofrecidas por las partes y determinar si existen elementos suficientes para establecer la responsabilidad penal del acusado en los hechos atribuidos por la Fiscalía.