El exmagistrado Nelson Ojeda, quien fue destituido por supuesto mal desempeño en sus funciones el pasado 1 de marzo de 2022 por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en estudios de PDS Judicial indicó que su remoción del cargo no se debió al mal desempeño en sus funciones, sino mas bien a una orden superior tras negarse a firmar una resolución, según su entender. Manifestó la necesidad de aclarar a la ciudadanía lo que pasó, acotando que cuenta con pruebas fehacientes para demostrar su versión.
Primeramente aclaró que atendió en caso de correspondiente al Fuero de la Niñez y de la Adolescencia, siendo juez penal de garantías, debido a que la jueza de la causa Cynthia Galeano. El mismo fue designado el 19 de febrero de 2020 y cuando empezó a desempeñarse en el cargo, se en encontró con la citada causa en pleno desarrollo probatorio –juicio de régimen de convivencia y restitución-.
Refirió que el padre de los dos niños de 10 y 4 años, inició el proceso contra la madre ya que esta los llevó sin permiso a la casa de la abuela materna, ubicada a 70 kilómetros de la ciudad de Hernandarias. Asimismo solicitó como medida cautelar de urgencia, la convivencia provisoria.
Indicó que tras la audiencia y escuchar las manifestaciones del niño de 10 y 4 años, dispuso que el menor de edad resida con su papá, esto a pedido del niño y en el caso de la pequeña de 4 años, indicó que este quiere vivir con tu mamá. Es así que niño se quedó con su padre y el de 4 con su madre.
Agregó que posteriormente en la sentencia definitiva el mismo revió su postura inicial y dispuso que el menor de 10 años debe estar con la madre, atendiendo a que un Tribunal de Apelación revocó el fallo del citado magistrado, pero que de igual manera el JEM lo removió por dictar una medida cautelar de urgencia que ni siquiera llegó a ejecutarse.
El magistrado incluso mencionó que el niño se escapó de la casa de su abuela y regresó con su papá y que cuando a la asistente social fue a buscarlo en compañía de su madre para que ese regrese con su mamá el niño se negó rotundamente a volver con su mamá, manifestando que las misma los deja en la casa de la abuela.
Respecto a la otra causa que mismo tenía en su juzgado, indicó que en diciembre le cupo entender un proceso por estafa y lesión de confianza por millones de dólares entre dos personas jurídicas. Indicó que desde el inicio le llamó la atención el hecho de la fiscal Gabriela Corvalán de Ciudad del Este, se comunicó con la actuaria del exmagistrado un sábado por la tarde, insistiendo para presentar la imputación contras diez (10) personas esa misma tarde, a pesar de que no había ninguna persona detenida.
Relató que la agente fiscal se comunicó con él manifestando que quiere que el juzgado reciba la imputación el sábado por la tarde con el argumento de que existe la posibilidad de que los imputados se fuguen del país, a lo que el magistrado le refiere que ella tiene la facultad de ordenar la detención independientemente a que el juzgado reciba o no la imputación.
Posteriormente cuando recibió la imputación y al analizarla se pudo percatar que el acta no cumplía con los requisitos previstos por la ley, por lo que tomó la determinación de intimar a la agente fiscal interviniente a que en plazo de 48 horas proceda a digitalizar los elementos que sustenta que requerimiento presentado de conformidad a lo previsto en el artículo 302 de CPP.
Mencionó que al no cumplir con el pedido, el juez devolvió la imputación, posteriormente se volvió a presentar la imputación y se le agregó un imputado más. Luego el juez admitió la imputación y se fijó fecha para el 17 de febrero la audiencia de 2022.
Tras esto la defensa de un de los acusados plantearon un incidente de prescripción del hecho punible de lesión de confianza, incidente de nulidad, más una reposición contra la fecha que convoca a la audiencia. Indicó que cuando el magistrado iba a resolver los incidentes, el magistrado recibió un proyecto de resolución en el que se rechazaba los incidentes y le sugirieron que firme la resolución, el mismo se negó y el 1 de marzo ya fue destituido.
Comentó que al día siguiente de haber bajado el expediente que se encontraba en el Tribunal de Apelación a raíz de una recusación, el juez interino Amílcar Marecos, el 1 d abril firmó de manera íntegra el mismo documento que el exmagistrado Ojeda recibió en su celular y se negó a firmar, incluso la sentencia firmada por Marecos tiene los mismos errores ortográficos.




