Fallo civil reconoce responsabilidad del Estado por torturas durante el régimen de Stroessner

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Abogado Marcos Kohn

Un reciente fallo del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Capital, ratificó una sentencia que reconoce la responsabilidad del Estado paraguayo por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura de Alfredo Stroessner (1954-1989) y establece una indemnización a favor de una víctima que, al momento de los hechos, tenía apenas dos años de edad.

El caso fue comentado por el abogado Marcos Kohn en declaraciones a PDS Radio, donde señaló que la resolución judicial constituye un precedente relevante dentro del fuero civil, ámbito en el que, según indicó, no son frecuentes este tipo de decisiones vinculadas a crímenes de la dictadura.

De acuerdo con la explicación del letrado, los hechos se remontan al año 1959, tras la represión de una manifestación estudiantil realizada en la Plaza Italia de Asunción, en el contexto de protestas generadas por la disolución del Congreso durante el régimen de Alfredo Stroessner. Posteriormente, agentes de seguridad habrían ingresado sin orden judicial a un domicilio, deteniendo a una mujer considerada opositora política y a su hija pequeña.

Según el relato del abogado, la niña, quien años después fue identificada como Norma habría sido víctima de torturas y malos tratos mientras su madre permanecía detenida. El proceso judicial buscó el reconocimiento de esos hechos y la reparación por los daños sufridos a lo largo de su vida.

Kohn explicó que el tribunal de primera instancia había hecho lugar a la demanda civil, decisión que posteriormente fue confirmada por unanimidad por la Cámara de Apelaciones. El fallo fue integrado por los camaristas Esteban KriskovichHugo Manuel Garcete Carlos Escobar Espínola , quienes ratificaron la sentencia en todos sus términos.

El abogado destacó que la resolución también reafirma un criterio jurídico relevante: la imprescriptibilidad de los hechos vinculados a graves violaciones de derechos humanos. Según sostuvo, la Constitución paraguaya no limita ese principio únicamente al ámbito penal, por lo que también puede aplicarse a acciones civiles o administrativas derivadas de esos mismos hechos.

No obstante, el profesional mencionó que la víctima falleció recientemente, antes de percibir la indemnización. En ese contexto, señaló que corresponderá determinar si el monto será eventualmente recibido por sus herederos.

Kohn también indicó que existen otros casos similares en trámite y que, pese a contar con sentencias firmes, algunas víctimas de la dictadura aún no han percibido las indemnizaciones establecidas judicialmente. Según explicó, en ocasiones los pagos quedan sujetos a trámites administrativos que pueden extenderse durante años. El abogado subrayó que varias de las personas afectadas por hechos ocurridos durante el régimen stronista son actualmente adultas mayores, lo que vuelve más urgente, a su criterio, la concreción de las reparaciones reconocidas por la justicia.

La decisión judicial se suma a otros precedentes en los que tribunales han reconocido la responsabilidad estatal por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura stronista, en línea con compromisos asumidos por el país en tratados internacionales en esta materia.