Fiscal defiende imputación contra abogado Farid González

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Joel Cazal, Fiscal

Con relación a la imputación del abogado Farid González, esposo de la magistrada Norma Salomón, sindicado de la presunta comisión de los hechos punibles de tráfico de influencias y extorsión, el Fiscal Joel Cazal manifestó a PDS Radio que el hecho fue denunciado por una mujer ante el Departamento Antisecuestro de Personas, donde la misma alegaba que el abogado Farid le solicitaba una suma de dinero para favorecerla en una resolución judicial cuya causa estaba a cargo de su esposa, Norma Salomón.   

Explicó que la víctima tiene una causa de violencia familiar en el juzgado a cargo de la magistrada Norma Salomón, en la que denunció a su pareja por violencia y el mismo la seguía hostigando a pesar de estar cumpliendo con arresto domiciliario; ante esta situación, la mujer solicitó en más de una ocasión, tanto al juzgado como al Ministerio Público, que la medida fuera revocada debido a que representaba un peligro para ella.

“Como no obtuvo respuesta, un abogado la contactó con este señor (Farid) y primero le pidió la suma de Gs. 20.000.000 y luego la suma aumentó a Gs. 30.000.000, por lo que la mujer procedió a realizar la denuncia, posteriormente el Ministerio Público recibe el parte policial del Dpto. Antisecuestro y se solicita la entrega vigilada de la suma de dinero” agregó el Fiscal.

Acto seguido, se solicitó al juzgado una autorización para la realización de la mencionada entrega y la víctima y Farid acordaron encontrarse para efectivizar la entrega del dinero en un shopping en San Lorenzo. González se subió a la camioneta de la mujer y luego la policía procedió a la aprehensión del mismo. En base a ello, la Fiscalía procedió a la presentación de la imputación por la presunta comisión de los hechos punibles de tráfico de influencias y extorsión.

Este fin de semana, la Juez Diana Carvallo otorgó el arresto domiciliario al procesado y no admitió la imputación respecto al tipo penal de tráfico de influencias, argumentando que el procesado no es funcionario público, lo cual es un requisito indispensable para que la conducta pueda ser calificada dentro de la Ley N° 2523/2004.

Sobre ello, el Fiscal asegura que dicha ley, en ninguna parte dice que la persona tiene que ser un funcionario público, sino que puede ser cualquier persona que tenga una influencia sobre un funcionario público para poder conseguir algún beneficio. Afirmó que incluso existen condenas a ciertos abogados que realizaron este tipo de hechos y hoy en día están refrendados incluso por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

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