En cuanto a la denuncia penal contra la jueza en lo civil y comercial Tania Irún por presunto hecho de prevaricato al entregar aparentemente tierras que están protegidas por la ley de seguridad fronteriza, en el sonado caso de la Secta Moon en Puerto Casado, la fiscal de la Unidad contra Delitos Económicos y Anticorrupción Natalia Fuster dijo que hoy le llegaron los informes correspondientes a los estudios jurídicos en los cuales se encontraban las principales cabezas de la mencionada corriente religiosa, además de documentos del Registro Público que serán analizados.
La mencionada jueza en lo Civil y Comercial presuntamente cometió el hecho punible de prevaricato ya que, a través de un fallo judicial, resolvió transferir la propiedad de más de 310 mil hectáreas de tierras ubicadas en la franja de seguridad fronteriza ubicadas en el departamento de Alto Paraguay, a favor de una Sociedad Anónima con sede en Chipre, cuyos accionistas poseerían acciones al portador y endosables.
Esto, viola lo establecido en la ley 2.532/05, la cual en su art.4 establece: Serán nominativas y no endosables las acciones o títulos de las sociedades por acciones y los certificados de aportación de las cooperativas de aquéllos que pretenden ser propietarios, copropietarios o usufructuarios de inmuebles rurales en zona de seguridad fronteriza.
Igualmente en su Art. 8 la Ley de Seguridad Fronteriza establece: Los actos jurídicos que contraríen lo dispuesto en esta Ley, serán nulos, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponderles a los jueces, funcionarios y a los notarios públicos intervinientes.
En su momento, la fiscal Fuster dijo que la mencionada causa es muy compleja, en la que hay mucho poder económico detrás, mucho poder político, por lo que deben ser cautos en las resoluciones y más que nada en la investigación.
Semanas atrás, los abogados presentaron una pericia con relación a la ubicación del inmueble pero el Ministerio Público no puede quedarse solo con esa presentación, por lo que aguarda un informe ya sea de Catastro o del Ministerio de Defensa que determine si el inmueble se encuentra en la zona de seguridad fronteriza.