Fiscalía acusa a funcionario de la ANDE por presunto uso de título falso de ingeniero

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Fiscal Óscar Delfino

El agente fiscal Oscar Delfino presentó acusación formal y solicitó la elevación a juicio oral y público de la causa abierta contra Guido Evaristo González Duarte, funcionario de la Administración Nacional de Electricidad, por la presunta comisión de los hechos punibles de producción de documentos no auténticos y cobro indebido de honorarios.

La causa penal, identificada con el número 8552/2024, se originó tras una denuncia presentada por representantes legales de la ANDE luego de una auditoría interna que detectó supuestas irregularidades relacionadas con el título universitario presentado por el funcionario para acceder y mantenerse en un cargo técnico dentro de la institución.

De acuerdo con el requerimiento conclusivo del Ministerio Público, González Duarte habría presentado ante dependencias administrativas de la ANDE un supuesto título de “Ingeniero en Electrónica” expedido presuntamente por la Universidad Nacional de Asunción, documento que posteriormente habría sido desconocido por la propia casa de estudios.

Según la acusación fiscal, el funcionario fue nombrado como ingeniero en electrónica mediante la Resolución P/N.º 31.660 del 29 de agosto del 2012, firmada entonces por el presidente de la ANDE, Carlos Heisele Sosa. La Fiscalía sostiene que dicho nombramiento se produjo en virtud del título universitario presentado por el acusado.

El Ministerio Público señala que el documento académico generó sospechas durante un proceso de auditoría interna realizado por la ANDE, tras lo cual se solicitó información oficial a la Universidad Nacional de Asunción. En ese contexto, la Fiscalía refiere que mediante la Nota UNA Nº 2094/2023, de fecha 19 de diciembre del 2023, el Rectorado de la UNA informó a la ANDE que el título académico en cuestión “no corresponde” a Guido Evaristo González Duarte, lo que motivó el avance de la investigación penal.

La acusación sostiene que el procesado habría obtenido beneficios económicos mediante el supuesto uso del documento irregular, percibiendo durante años salarios y remuneraciones correspondientes a un profesional universitario con título de ingeniero, pese a no contar, según la hipótesis fiscal, con la formación académica requerida. El fiscal Oscar Delfino encuadró la conducta atribuida al acusado en el art, 246 referente a producción de documentos no auténticos y en el art. 313 relacionado con cobro indebido de honorarios, ambos en concordancia con el art. 29 del mismo cuerpo legal.

En el requerimiento conclusivo, la Fiscalía argumenta que existen suficientes elementos de convicción para sostener la acusación y llevar el caso a juicio oral. Entre los principales elementos probatorios mencionados figuran la denuncia presentada por la ANDE, informes de auditoría interna, comunicaciones remitidas por la Universidad Nacional de Asunción, antecedentes administrativos del nombramiento del acusado y documentos relacionados con liquidaciones salariales y funciones desempeñadas dentro de la institución estatal.

El Ministerio Público también ofreció varias pruebas testificales, entre ellas declaraciones de representantes legales de la ANDE, funcionarios administrativos y autoridades académicas de la Facultad Politécnica de la UNA, incluyendo a la decana Silvia Teresa Leiva León y otros directivos académicos vinculados al proceso de verificación documental. Asimismo, la acusación menciona que el encausado prestó declaración indagatoria en distintas etapas de la investigación, asistido por abogados defensores.

La Fiscalía sostiene que la conducta atribuida al acusado habría ocasionado un perjuicio patrimonial a la ANDE debido al pago de haberes y remuneraciones presuntamente indebidas correspondientes a un cargo técnico-profesional para el cual se requería un título universitario habilitante.

En su análisis jurídico, el Ministerio Público afirma que el tipo penal de producción de documentos no auténticos se configura tanto por la eventual creación o utilización de documentación falsa con apariencia legítima como por la supuesta intención de inducir a error a terceros dentro de relaciones jurídicas y administrativas.

Respecto al hecho punible de cobro indebido de honorarios, la Fiscalía sostiene que el acusado habría percibido salarios y beneficios económicos reservados a un ingeniero universitario, pese a no reunir los requisitos académicos correspondientes. Finalmente, el fiscal solicitó al Juzgado Penal de Garantías la apertura de juicio oral y público, así como la admisión y producción de todas las pruebas documentales y testificales ofrecidas durante la etapa preparatoria.