Fiscalía solicita seis años de cárcel para Ramón González Daher por presunto testimonio falso

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Ramón González Daher

La agente fiscal Andrea Vera solicitó una condena de seis años de pena privativa de libertad para Ramón González Daher, durante la presentación de sus alegatos finales en el juicio oral y público que enfrenta por la presunta comisión del hecho punible de testimonio falso.

El proceso es llevado adelante por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Fabián Weisensee, Laura Ocampo y Cándida Fleitas. Ramón González Daher participa en el juicio por medios telemáticos desde el establecimiento penitenciario donde se encuentra recluido cumpliendo una pena de 15 años por usura.

La acusación del Ministerio Público sostiene que el exdirigente deportivo habría faltado a la verdad al declarar como testigo en el juicio promovido por Alejandro Domínguez contra el exdirectivo José Medina Sagalés. En particular, la Fiscalía afirma que González Daher habría brindado información falsa respecto a las circunstancias de su salida de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF).

Durante su exposición, la fiscal Vera fundamentó el pedido de pena en los criterios de individualización previstos en el art. 65 del Código Penal. Señaló que el Ministerio Público valoró como circunstancias desfavorables los motivos y fines atribuidos al acusado, al considerar que la declaración cuestionada habría tenido por objetivo favorecer intereses particulares y generar confusión en torno a hechos relevantes para el proceso judicial en el que prestó testimonio.

La agente fiscal también sostuvo que la importancia de los deberes infringidos constituye un elemento agravante, dado que toda persona convocada como testigo declara bajo juramento y tiene la obligación legal de decir la verdad. Según indicó, una declaración falsa puede comprometer el resultado de un juicio y afectar la seguridad jurídica, además de ocasionar perjuicios a terceros involucrados en el litigio.

En la misma línea, Vera señaló que el tipo penal investigado, aunque se considera de peligro abstracto, tiene consecuencias concretas en la administración de justicia. Añadió que el riesgo generado por un testimonio presuntamente falso justifica una respuesta penal proporcional a la gravedad del hecho.

La fiscal igualmente destacó las condiciones personales y profesionales del acusado. Manifestó que, por su experiencia, formación y conocimiento del funcionamiento de los procesos judiciales, González Daher tenía plena capacidad para comprender la trascendencia de su declaración y las consecuencias legales derivadas de una eventual falsedad.

Otro de los aspectos ponderados por el Ministerio Público fueron los antecedentes penales del procesado. Vera sostuvo que las condenas anteriores, la ausencia de arrepentimiento y la falta de acciones orientadas a reparar el daño o acercarse a la parte afectada constituyen factores que, a criterio de la Fiscalía, deben ser considerados en contra del acusado.

Sobre esa base, la agente fiscal concluyó que la pena de seis años de prisión representa una sanción “justa y útil”, adecuada tanto a la naturaleza del hecho atribuido como a las circunstancias personales de González Daher.