Fiscalía sostiene culpabilidad de Oberuber en la desaparición de la niña en Emboscada

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El fiscal Carlos Maldonado sostuvo que Reiner Oberuber, pareja de Lilian Zapata, madre de la niña desaparecida en Emboscada, es culpable del hecho punible de abandono porque tenía conocimiento de las circunstancias de la menor antes de su desaparición.

 

“El Ministerio Público discrepa con la posición adoptada por el Tribunal porque para nosotros ha quedado probado que el señor Oberuber estaba ahí, vio a la niña y tenía conocimiento de la situación de la niña”, sostuvo Maldonado en contacto con PDS Radio-TV Digital.

El ciudadano alemán, Reiner Oberuber, fue absuelto por voto en mayoría del hecho punible de abandono. Votaron por la absolución los jueces Liliana Ruíz Díaz y Alberto Peralta.

Por su parte, la jueza Cristel Müller votó en disidencia porque para ella estaba demostrada la responsabilidad penal de Oberuber por el ilícito de abandono y consideró que la sanción adecuada era la pena de 3 años de cárcel conforme a lo solicitado por el Ministerio Público.

DEBATE DEL DOLO

En este punto se instaló el debate: ¿Se configura o no la conducta del señor Reiner Oberuber como abandono?

Al respecto, Maldonado indicó que, «él tiene que saber qué es lo que tiene que hacer y tiene que saber que no haciéndolo, le deja en peligro».

Analizando el concepto de dolo, entendemos que se trata de una voluntad deliberada de cometer un acto a sabiendas de que tal acto podría derivar en algo lesivo sobre otra persona. Asimismo, se habla de dolo cuando conscientemente se omite una acción, sabiendo que tal omisión podría perjudicar a otra persona.

Ante esto, el fiscal expuso: “Considerando las características de la niña, una menor de 7 años con dificultades de movilidad, de comunicación lingüística, él (Oberuber) como propietario del inmueble tenía todas las posibilidades y los medios de evitar el riesgo que desembocó en la desaparición de la niña”.

Explicó Maldonado que el estar presente en el lugar donde fue vista por última vez la menor es un elemento para configurar su conducta dentro del ilícito de abandono. Otro elemento es, añade, el conocimiento de las afecciones de salud de la misma.

Según refiere el agente fiscal, para ellos se ha demostrado mediante recursos técnicos que el señor Oberuber el 15 de abril del 2020 estaba presente en el inmueble durante el horario aproximado en que se produjo la desaparición de la niña.

Agregó que él al asumir que la señora Lilian Zapata y su hija, quien aún se encuentra con paradero desconocido, se fueran a vivir a su residencia, ya asume la responsabilidad de protección.

“El señor Oberurber le deja en una situación de desamparo al verle con las cabras y no tomar las medidas precautorias pertinentes», expresó.

VIOLACIÓN DEL DEBER DEL CUIDADO DE OBERUBER

Respecto a este hecho punible, el fiscal Carlos Maldonado dijo que durante el curso de la investigación no se ha encontrado un soporte jurídico que sostenga en la acusación la inclusión del señor Oberuber dentro del delito de Violación de deber del cuidado en su posición de garante como padrastro.

EL DOLO DE LA MADRE

En cuanto a la madre, el representante del Ministerio Público alegó que se demostró que ella estaba haciendo otra cosa distinta a lo que tenía que hacer.

“¿Qué era lo que tenía que hacer? Ella tenía el deber de vigilancia y de protección, al no realizar eso, expone a la niña en una situación de desamparo y es de esa forma que se configura el ilícito”, aseveró.

Dijo Maldonado que ella tenía que conocer que dejándola en esa situación de desamparo, ella estaba incumpliendo el mandato que le impone el cuidado de la menor de edad.

El Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Liliana Ruíz Díaz resolvió condenar a 6 años de cárcel a la madre de la niña desaparecida en Emboscada, Lilian Zapata, por violación del deber de cuidado y por abandono.