Fuerte apuesta por el imperio de la ley por parte de la ministra Carolina Llanes por medio de acordadas

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Si bien es cierto que legislar por medio de acordadas no está permitido y que la regulación de futuros derechos y obligaciones corresponde exclusivamente corresponde al Poder Legislativo, no es menos cierto que, recordar ciertos parámetros establecidos en las leyes penales resultan beneficiosos en un alto porcentaje, puesto que el abuso de la prisión preventiva llegó nada más y nada menos que a pedidos de cárcel a supuestos autores de tentativa inacabada de hurto de un pedazo de carne; y en cuanto a las imputaciones que han sido presentadas con dos líneas de relatos que nada tienen que ver con el hecho punible imputado.

 

 

Hasta la puesta en  vigencia de las acordadas impulsadas por la ministra de la Sala Penal Carolina Llanes, hasta parecían letras muertas los derechos procesales de los imputados, sometidos a cumplir con la medida más gravosa establecida en el Código Procesal.

 

 

Vale señalar también al “avivado” que se aprovecha y utiliza estas normas como herramientas dilatorias e incluso llegan al tiempo de la acusación sin haber asistido a la audiencia de imposición de medidas, tal es el caso de Rogerio Martins acusados por crímenes ambientales y la ex jueza en lo civil Tania Irún, procesada por prevaricato.

 

 

Los jueces y camaristas e incluso los ministros de la Corte Suprema de Justicia tienen una gama de posibilidades sancionatorias a este tipo de dilaciones que conjugado con lo establecido en las acordadas conforme a las normas penales posibilitan un proceso penal más justo ágil y constitucionalmente legal.