El Fiscal José Godoy presentó imputación contra Willian Roberto Bogarín Campuzano, funcionario permanente de la Cámara de Diputados, por la presunta comisión del hecho punible de cobro indebido de honorarios, que habría perpetrado de manera sistemática entre los años 2018 y 2024, a pesar de estar inhabilitado para ejercer la abogacía privada por su condición de funcionario público.
Además, el agente del Ministerio Público solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva, considerando que el imputado se encuentra sometido al proceso y posee arraigo suficiente.
Según la denuncia presentada por las abogadas Gessy Ruiz Díaz y Bilfia Arias, en representación del denunciante David Friessen, Bogarín habría actuado como abogado litigante en el juicio sucesorio caratulado como “David Friessen Peters s/sucesión”, tramitado en Santa Rosa del Aguaray, pese a ostentar en simultáneo el cargo de director en la Cámara Baja.
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El expediente señala que el imputado habría percibido al menos 30.000 dólares americanos en concepto de honorarios profesionales, 10.000 en el año 2021 y otros 20.000 en el 2022, contraviniendo las prohibiciones establecidas para los funcionarios públicos permanentes. Además, existen registros de que Bogarín habría intervenido en otros juicios civiles como abogado litigante, lo que refuerza la sospecha de una conducta reiterada y sostenida en el tiempo.
Entre los elementos de sospecha presentados por el fiscal se incluyen declaraciones testificales de los herederos afectados, recibos de cobros, documentos judiciales, audios y transcripciones que lo vincularían directamente con la ejecución de actos jurídicos en nombre de particulares, así como informes oficiales de la Contraloría General de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la propia Cámara de Diputados.
Ante estos elementos, el Ministerio Público solicitó seis meses de investigación preparatoria, con posibilidad de ampliación a más hechos o personas. Si bien se trata de un hecho grave, el fiscal no solicitó prisión preventiva, sino la aplicación de medidas alternativas tales como comparecer mensualmente ante el juzgado, la prohibición de salir del país, fijar y no cambiar domicilio sin autorización judicial y la prohibición de portar armas.







