Incumplimiento de restricciones son elevados al Ministerio de Salud o al Juzgado penal de la Niñez

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Con el nuevo decreto presidencial sobre las restricciones horarias que se aplican desde la fecha para reducir el ritmo de contagio del covid, la jefa de Relaciones Públicas de la Policía Nacional, comisario principal María Elena Andrada recordó que los controles continúan desde el primer día del aislamiento del  año pasado, pero ahora involucra también a las Fuerzas Militares, Senad, Patrulla Caminera, agentes de Tránsito y en un último caso el Ministerio Público.

“Lastimosamente el decreto no tiene la fuerza de una ley, nosotros hacemos los controles, agotamos todas las instancias para que las personas entiendan que deben estar en sus casas, como por ejemplo el cierre de un restaurante luego del horario establecido, si no colabora, labramos acta y va al Ministerio de Salud, porque no constituye hecho punible”, dijo Andrada.

La comisario explicó también que el incumplimiento del decreto 6699, que reglamenta el uso obligatorio del tapabocas, es elevado a un juzgado penal de la Niñez y Adolescencia, que por lo general sanciona con multa o trabajo comunitario.

“La fiscalía no tiene competencia en cuanto al no acatamiento de la restricción horaria o del decreto presidencial”, dijo