Inició juicio oral contra Nélida Huespe y Celina Villalba

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Abogado Rodrigo Yódice

Respecto al juicio oral y público para Nélida Huespe y Celina Villalba de Lovera en el caso de presunta apropiación y lesión de confianza en desmedro del derecho de propiedad y patrimonio a la Asociación Central de Funcionarios Públicos y Docentes Jubilados del Paraguay, el abogado Rodrigo Yódice manifestó que el juicio está presidido por el Dr. Héctor Fabián Escobar junto a los jueces Federico Rojas y Carlos Hermosilla.

“Se está enjuiciando a Nélida Huespe y Celina Villalba por la presunta autoría de los hechos de lesión de confianza y apropiación en perjuicio de la asociación. Resulta todo un logro haber dado inicio a este debate porque hemos tenido muchos inconvenientes para dar inicio tanto a la audiencia preliminar como al juicio oral. Por fin vamos a discutir la cuestión de fondo” comentó el abogado.

Señaló que se producirán las pruebas a los efectos de que tanto los integrantes del Tribunal de Sentencia como la ciudadanía pueda entender lo que pasó en esta causa. El hecho tuvo lugar desde diciembre del año 2014 hasta marzo del año 2015 y tuvo como consecuencia un perjuicio patrimonial de Gs. 1.240.971.000.

Señaló que, en su momento, hubo una elevación a juicio oral que fue anulada, por lo que se tuvo que realizar una nueva audiencia preliminar, en la que se produjo una circunstancia muy importante en el sentido de que una de las personas encausadas, Esteban Ferreira, fue condenado mediante un juicio abreviado, por la autoría de los hechos de apropiación y lesión de confianza. Se le impuso una sanción privativa de libertad, con el beneficio de la suspensión.

“En realidad esto se produjo por las sucesivas recusaciones que se dieron. El día en que se iba a iniciar el juicio, me comunica el Fiscal José Morínigo que en realidad había una impugnación contra el rechazo de la acusación porque se lo había recusado como agente interviniente, por lo que ese día fue designada la Fiscal Elena Fiore. Hasta en ese día la Fiscalía tuvo que hacer malabarismo para poder tener una representación”

Cuestionó lo absurdo de la recusación al Fiscal Morínigo, puesto que se basaba en que supuestamente el mismo carecía del conocimiento de los antecedentes de la causa, lo que perjudica a la víctima y no a la persona sometida al proceso. Además, otra situación atípica fue que una de las querellantes no se presentó y fueron los defensores técnicos los que pretendían que se suspenda la audiencia hasta que la querellante se presente a juicio, cuando se iba a declarar un abandono de querella.

Respecto al plazo de vigencia de la acción, explicó que la prescripción y la extinción de la acción penal son circunstancias que podrían ser fatales para la continuidad del proceso a partir del año 2024, ya que los hechos ocurrieron a partir de diciembre del año 2014 hasta marzo del año 2015, por lo que por el transcurso del doble de la prescripción se podría empezar a discutir recién desde el año que viene.

En cuanto a la extinción, en la audiencia preliminar que se había llevado a cabo en el mes de junio del año 2022, se había computado un plazo concreto de dos años y nueve meses, por lo que esta circunstancia también podría empezar a discutirse con fundamentos el año que viene.

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