JEM no dio trámite a excepción de inconstitucionalidad planteada por fiscal adjunta

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Ministro Manuel Ramírez Candia

El JEM no dio trámite a la excepción de constitucionalidad planteada por la fiscal adjunta Patricia Rivarola en contra de la acusación que presentó en su contra la DNIT tras haber ratificado la desestimación de una denuncia contra el exdirector del Mercado 4, Juan Villalba.

Durante la sesión del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), el ministro Manuel Ramírez Candia fundamentó su posición en contra de dar trámite a la excepción de inconstitucionalidad presentada por la fiscal adjunta Patricia Rivarola. La excepción fue planteada en el marco de la contestación de una acusación impulsada por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), luego de que Rivarola ratificara la desestimación de una denuncia contra el exdirector del Mercado 4.

Ramírez Candia explicó que, si bien el art. 260 de la Constitución Nacional establece que las excepciones de inconstitucionalidad deben ser resueltas por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la ley especial que regula el procedimiento ante el JEM no permite la tramitación de este tipo de excepciones. “El artículo 24 de la ley del jurado no admite ninguna excepción. Solamente la acción de inconstitucionalidad es viable contra una sentencia dictada por este órgano”, expresó.

El ministro señaló además que existe una antinomia entre el Código Procesal Civil, que sí contempla la posibilidad de plantear excepciones de inconstitucionalidad y la Ley 6.814 que rige el funcionamiento del JEM. Sin embargo, sostuvo que debe prevalecer esta última por tratarse de una norma posterior y de carácter especial.

“Corresponde no dar trámite a esta excepción de inconstitucionalidad por dos motivos: es una ley posterior al Código Procesal Civil y es una ley especial. Por lo tanto, lo que corresponde en este caso no es rechazar la excepción, sino simplemente no darle trámite”, concluyó Ramírez Candia en su intervención.