Jueces no deben pasar por encima del plan de vacunación establecido por el gobierno, dicen

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El constitucionalista Emilio Camacho, conversó con PDS Radio-TV digital sobre los últimos casos en que vía amparo judicial algunas personas logran vacunarse, saltando así por encima del plan nacional de vacunación vigente, indicó que en el país está vigente la ley de emergencia y se está aplicando a raíz de eso el código sanitario, que tiene un artículo que habilita al Estado a adoptar medidas excepcionales, incluso a restringir derechos, y que no se debe obviar la referida disposición.

Por otro lado refirió que si bien es cierto que la ciudadanía tiene derecho a la salud, al libre tránsito, derecho al trabajo y que el estado está obligado a garantizar la prestación de servicios en lo que respecta a la salud, ya que está consagrado en la Constitución Nacional y por lo tanto se tiene también el derecho de plantear requerimientos judiciales a través de amparos para hacer que el estado cumpla con su obligación.

Aclaró que estos derechos públicos son subjetivos, es decir, derechos de ciudadanos frente al Estado y que parte de ese criterio lo que deben resolver los jueces ante pedidos de inmunización a través de un amparo judicial, atendiendo a que este memento “vacunación necesitamos todos los paraguayos y ya vemos que el Estado adopta un criterio con base estudios científicos, que yo creo razonable, en el sentido de establecer a quienes vacunar primero, como el rango de edad, el personal de blanco que directamente están expuestos al contagio, las llamadas enfermedades de base, por lo que ningún magistrado judicial puede desconocer”, agregó.

Resaltó que el Estado tiene la enorme potestad de reglamentar de acuerdo a su capacidad, si no hay hospitales, tampoco unidades de terapia y menos vacuna en la cantidad necesaria y que no habrá aún durante todo este año, y que un juez no puede sustituir a los profesionales médicos ni al Estado en esas atribuciones.

Asimismo indicó que el amparo procede pero dentro del marco de razonabilidad, ya que debe existir necesariamente un acto u omisión manifiestamente ilegítimo, y si el estado no cuenta en este caso con las vacunas y terapias necesarias, entonces no existe un acto u omisión manifiestamente ilegítimo, pero lo que si hay es “una enorme inutilidad, negligencia y corrupción del gobierno que no supo prever la situación”, pero que a causa de la negligencia, “no se puede matar a cuatro personas para salvar al que tiene una orden judicial” agregó el constitucionalista.

Por último volvió a resaltar que existe “un choque de derechos entre los magistrados y el Ejecutivo”, y que el magistrado debe saber administrar, equilibrar y proteger el derecho del que está más cerca del medio constitucional, y en ese aspecto “ningún juez puede reemplazar al Poder Ejecutivo, que fue electo por el pueblo, por la voluntad popular”.