Juez aclara su actuación y pide archivo en caso de supuesta negligencia médica

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Juez Cynthia Lovera

La juez penal de Garantías Cynthia Lovera presentó un informe al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) con el fin de aclarar su actuación en la causa “Miguel Ángel Fariña del Río s/ Homicidio Culposo”, cuyo tratamiento generó repercusiones públicas tras la difusión de un reportaje en un medio televisivo titulado “Hombre fallece por supuesta negligencia. Familia exige justicia”.

La magistrada señaló que cumplió estrictamente con los controles jurisdiccionales que la ley le asigna y solicitó el archivo de la investigación preliminar abierta en su contra.

El caso se originó luego del fallecimiento de Enrique Vicente Planás Mujica, quien murió tras una serie de intervenciones quirúrgicas vinculadas a una hernia hiatal y complicaciones abdominales previas. Su esposa, Rocío Lorena Portillo, denunció un presunto caso de negligencia médica contra el cirujano Miguel Ángel Fariña del Río. La denuncia derivó en una investigación fiscal que incluyó autopsia, análisis toxicológicos, declaraciones testificales y una junta médica integrada por peritos especializados.

En el mes de septiembre del corriente año, el agente fiscal Rafael Ojeda Mendoza solicitó la desestimación de la denuncia al concluir que los resultados adversos no constituían mala praxis. Posteriormente, la fiscal Carina Serón, asignada por recusación del fiscal titular, ratificó dicho requerimiento.

Ambos requerimientos se basaron en un extenso análisis técnico que determinó que el paciente presentaba un cuadro clínico extremadamente complejo, con antecedentes quirúrgicos severos, adherencias intestinales múltiples, diverticulosis yeyunal y una evolución posoperatoria imprevisible.

La juez Lovera explicó que no admitió la desestimación fiscal, tal como prevé el Código Procesal Penal y remitió el caso a la Fiscalía General del Estado para la revisión vertical, conforme lo establece el art. 314 del CPP. El dictamen de la Fiscalía Adjunta, a cargo de Lourdes Samaniego, ordenó rectificar la desestimación inicial y continuar la investigación. En cumplimiento de esa determinación, la magistrada dictó la providencia del 28 de octubre del 2025 disponiendo la prosecución de las diligencias.

Luego del reexamen técnico, la junta médica concluyó de manera unánime que las actuaciones del doctor Miguel Fariña y del equipo tratante se ajustaron a los protocolos médicos y a la lex artis, descartando errores, omisiones o procedimientos innecesarios. Así también, se estableció que la muerte del paciente se relacionó con un shock séptico de origen abdominal, con múltiples perforaciones intestinales de difícil diagnóstico, cuyo desenlace no pudo atribuirse de manera directa e inequívoca a las intervenciones realizadas.

En su informe al JEM, la magistrada sostuvo que actuó conforme a todas las exigencias procedimentales, garantizando la revisión fiscal y el control judicial aplicables. Destacó que no existe conducta irregular de su parte ni inacción jurisdiccional y solicitó que, a la luz de los antecedentes, se disponga el archivo de la investigación preliminar abierta en su contra, por corresponder en estricto derecho.