Juez de ejecución fija cómputo de condena para miembros del Clan Rotela

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Juez de Ejecución Cynthia Sostoa

La juez penal de Ejecución Cynthia Sosto, resolvió el cómputo definitivo de la condena impuesta a Francisco Gabriel Estigarribia Echeverría, condenado a 24 años de prisión por el hecho punible de homicidio doloso en grado de tentativa acabada, en el marco de una causa iniciada tras un violento ataque ocurrido en el barrio Santa Ana de Asunción.

Conforme a la resolución dictada el 26 de enero del 2026, la magistrada estableció que el condenado tendrá por compurgada su pena el 20 de marzo del 2043, computándose el tiempo de privación de libertad sufrido desde su detención, ocurrida el 20 de marzo del 2019. Asimismo, se determinó que Estigarribia podrá solicitar la libertad condicional a partir del 20 de marzo del 2035, mientras que la mitad de la condena se cumplirá el 20 de marzo de 2031.

El caso se remonta al 23 de febrero del año 2019, cuando un grupo de doce hombres habría rodeado y atacado a tiros una vivienda ubicada sobre 44ª Proyectada y Capitán Figari, en la zona del Bañado Sur. Como consecuencia del hecho, una niña de 8 años falleció, varias personas resultaron heridas y, semanas después, Patricia Mabel Ríos, tía de la menor, murió en el Hospital de Trauma a causa de las lesiones recibidas.

La juez también dispuso que el Organismo Técnico Criminológico evalúe al condenado y eleve un informe sobre el establecimiento penitenciario adecuado y el tratamiento correspondiente, en el marco del proceso de reinserción social previsto en el Código de Ejecución Penal. Actualmente, Estigarribia se encuentra recluido en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.

En resoluciones similares, el Juzgado de Ejecución Penal determinó igualmente el cómputo de la pena respecto de Oscar Ariel Cabello Azcona, otro de los condenados en la misma causa, también sentenciado a 24 años de prisión, estableciendo como fecha de cumplimiento total de la condena el 05 de marzo del 2043, con acceso a libertad condicional desde el 05 de marzo del 2035.

Ambas decisiones se enmarcan en las facultades legales del juez de ejecución, encargado de controlar el cumplimiento de las condenas y garantizar que el cómputo de las penas se ajuste a la normativa vigente y a los derechos de las personas privadas de libertad.