Juez de Ejecución va a juicio oral, pero excluyen la principal prueba de supuesta coima

340

El juez Civil y Comercial de San Pedro Nelson Mercado Rotela elevó a juicio oral y público la causa del suspendido juez de Ejecución Penal de San Pedro, Néstor Ramón Arévalo, quien fue acusado por frustración de la persecución y ejecución penal, cohecho pasivo, supuestamente por resolver que los condenados por narcotráfico, Víctor Brítez Aranda, alias Chapalo y de Ángel Tranquilino Giménez, cumplan sus respectivas condenas de 21 y 26 años de prisión en la granja vip del penal regional de San Pedro, previo supuesto cobro de  coima. Sin embargo, se excluyó la prueba principal, el audio en el que se escucha supuestamente la negociación que benefició posteriormente a los citados reclusos.

 

 

El viernes pasado se realizó la audiencia preliminar luego de 16 suspensiones y fue Mercado Rotela quien aceptó la causa luego de una cadena de inhibiciones y recusaciones que apartó a jueces penales de Garantías de la Circunscripción.

 

 

El fiscal acusador, Giovanni Grisetti manifestó que la defensa del juez Arévalo mediante incidentes logró excluir una de las evidencias principales de la causa, que es la grabación de un aparato celular que utilizaba Ángel Tranquilino Giménez, en cuyo teléfono se encontraban conversaciones de una persona que hablaba sobre las negociaciones a los cuales posteriormente fue beneficiado, como cumplir su condena en la granja vip.

 

 

“En dichos audios se configurarían los hechos punibles de cohecho pasivo y cohecho pasivo agravado y la exclusión probatoria se dio por falta de individualización de un pendrive, es decir que en la acusación no se puso la marca y el color del dispositivo donde se encontraban los audios”, dijo Grisetti.

 

 

Según el mencionado agente del Ministerio Público, el juez de Ejecución Néstor Ramón Arévalo benefició a dos personas condenadas por narcotráfico, quienes cumplen 21 y 26 años de condena, cuando el Código de Ejecución Penal prevé que para acceder a tales beneficios de libertad semi abierta, los condenados deben cumplir al menos la mitad de la pena, y estos recién iban por el sexto año de sentencia.