El juez de garantías José Agustín Delmás extinguió el estado de rebeldía y otorgó libertad ambulatoria con medidas alternativas al oficial de justicia Walter Cañete Fischer, imputado por presunto cobro indebido de honorarios en una causa relacionada a un mandamiento de deslaojo que no habría diligenciado pese a haber recibido Gs. 5.000.000
La resolución fue dictada luego de que el imputado se presentara voluntariamente ante el juzgado el pasado 21 de mayo acompañado de su defensa técnica, para someterse a la audiencia prevista en los artículos 83 y 242 del Código Procesal Penal. Cañete Fischer había sido declarado rebelde el 12 de mayo de este año, mediante el A.I. N° 400, por no comparecer sin justificación a la audiencia de imposición de medidas cautelares.
La causa se originó a partir de la denuncia presentada por Rosalía Martínez de Mereles, quien manifestó haber contratado al oficial de justicia para diligenciar un mandamiento de desalojo en el marco del expediente “Rosalía Martínez de Mereles c/ Ignacio Feliciano Martínez González y Ángela Soilan Benítez s/ Desalojo”, tramitado ante el Juzgado de Paz de Mariano Roque Alonso.
La causa inició a paratir de la denuncia presentada por Rosalía Martínez de Mereles, quien manifestó haber contratado al oficial de justicia para diligenciar un mandamiento de desalojo en el marco de un expediente tramitado ante el juzgado de paz de Mariano Roque Alonso. Según la imputación formulada por el fiscal Itálico Rienzi, la denunciante entregó al imputado la suma de Gs. 5.000.000 en concepto de honorarios profesionales para ejecutar la diligencia.
De acuerdo con el relato de hechos, el dinero fue abonado el 17 de abril del año 2024 y quedó respaldado mediante un recibo emitido por Walter Martín Cañete Fischer, identificado como oficial de justicia con matrícula N° 2.692. Sin embargo, posteriormente el funcionario dejó de responder llamadas y mensajes de la víctima.
Luego de reiteradas insistencias, habría informado que no podría realizar el diligenciamiento debido a una supuesta sobrecarga laboral, situación que también comunicó al juzgado interviniente mediante un informe presentado el 17 de mayo del 2024. Pese a ello, según la imputación, el oficial de justicia no concretó el desalojo ni devolvió el dinero percibido a la denunciante.
Durante la audiencia, la defensa de Cañete Fischer justificó la incomparecencia anterior alegando que el imputado padecía diabetes y presentó un certificado médico visado por el Ministerio de Salud. Asimismo, destacó que el procesado se puso voluntariamente a disposición del juzgado y ofreció caución juratoria y un inmueble como garantía. La defensa también sostuvo que el imputado no registra antecedentes penales, posee arraigo suficiente y cuenta con matrícula tanto de abogado como de oficial de justicia.
Al analizar el caso, el juez Delmás consideró que el certificado médico fue presentado de manera extemporánea y sin mayores elementos que acreditaran la imposibilidad real de asistir a la audiencia anterior. No obstante, valoró la comparecencia voluntaria posterior del imputado.
El magistrado resaltó además que el hecho investigado, previsto en el art. 313 inciso 1° del Código Penal, posee una expectativa de pena de hasta dos años o multa, circunstancia que habilita la aplicación de medidas menos gravosas que la prisión preventiva. Igualmente tuvo en cuenta que el Ministerio Público solicitó medidas alternativas y que el imputado carece de antecedentes penales.
En consecuencia, el juzgado resolvió extinguir la rebeldía y la orden de captura, además de imponer medidas cautelares consistentes en la prohibición de salida del país, prohibición de acercamiento a la víctima, obligación de comparecer mensualmente ante el juzgado, mantenimiento del domicilio denunciado y caución juratoria.







