Juez Otazú otorga sobreseimiento provisional en causa por presunta estafa al IPS

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Juez Humberto Otazú

El juez Humberto Otazú, resolvió otorgar el sobreseimiento provisional a Julio César Ramírez Villalba, imputado por la supuesta comisión del hecho punible de estafa en perjuicio del Instituto de Previsión Social (IPS), al considerar que la investigación aún requiere la incorporación de nuevos elementos de convicción para esclarecer aspectos relevantes del caso.

La decisión fue adoptada mediante el A.I. Nº 155, dictado el 01 de junio, durante la audiencia preliminar realizada en el marco de la causa. El magistrado hizo lugar al requerimiento conclusivo presentado por la fiscal Teresa Sosa, quien había solicitado el sobreseimiento provisional mediante requerimiento fiscal Nº 11 del 07 de mayo.

Ramírez Villalba había sido imputado el 14 de septiembre del 2025 por la supuesta comisión del hecho punible de estafa, previsto en el art. 187 del Código Penal, en concordancia con la figura de coautoría establecida en el art. 29 inc. 2° del mismo cuerpo legal. Durante el análisis del pedido fiscal, el juzgado destacó que la defensa del procesado no formuló oposición al requerimiento y recordó que el art. 351 inc. 2 del Código Procesal Penal habilita el sobreseimiento provisional cuando existe la probabilidad de incorporar nuevos medios de prueba relevantes para la investigación.

Asimismo, el magistrado señaló que, conforme al art. 362 del Código Procesal Penal, esta salida procesal resulta aplicable cuando los elementos reunidos hasta el momento son insuficientes para sostener un eventual juicio oral, pero existen diligencias concretas pendientes que podrían aportar claridad sobre los hechos investigados y la eventual responsabilidad del imputado.

Entre las medidas autorizadas por el juzgado figura la incorporación de un informe pericial elaborado por el Laboratorio Forense del Ministerio Público sobre firmas y datos consignados en un formulario de Declaración Jurada de Movimientos del Empleado de la Dirección de Aporte Obrero Patronal.

Además, se ordenó la realización de una pericia caligráfica y documentológica sobre formularios de solicitud de ingreso y formularios de suspensión de contratos laborales correspondientes a trabajadores de una patronal identificada en el expediente. Dichos documentos fueron presentados tanto ante el Ministerio de Trabajo como ante el Instituto de Previsión Social.

Además, se ordenó la realización de una pericia caligráfica y documentológica sobre formularios de solicitud de ingreso y formularios de suspensión de contratos laborales, correspondientes a trabajadores de una patronal identificada en el expediente. Dichos documentos fueron presentados tanto ante el Ministerio del Trabajo como ante el IPS.

La resolución también dispone la obtención de informes del IPS respecto de registros informáticos que presuntamente habrían sido realizados por el imputado dentro del sistema institucional, así como reportes sobre pagos efectuados por la previsional que guardarían relación con esos registros electrónicos.

No obstante, el juez rechazó uno de los puntos planteados por el Ministerio Público, que solicitaba la realización de «diligencias que surjan de la investigación». El magistrado consideró que las medidas a ser ejecutadas deben estar claramente individualizadas y determinadas, de modo a que las partes puedan ejercer control y acceso sobre las actuaciones investigativas.

En su resolución, Otazú sostuvo que aún subsisten circunstancias relevantes que no fueron suficientemente esclarecidas durante la etapa preparatoria, por lo que la continuidad de la investigación mediante diligencias concretas resulta necesaria para determinar con mayor precisión las características del hecho investigado y la eventual participación del imputado.

Con esta decisión, la causa queda suspendida de manera provisional mientras se desarrollan las pericias y los informes ordenados. Una vez incorporados esos elementos, el Ministerio Público deberá evaluar nuevamente el rumbo procesal del caso y determinar si corresponde formular acusación, solicitar una nueva salida procesal o adoptar otra decisión conforme al resultado de las diligencias pendientes.