Juez rechaza pedido de viaje al exterior de imputado por presunta estafa informática

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Óscar Adrián Posteguillo Rojas

El juez penal de garantías especializado Humberto Otazú rechazó el pedido de autorización judicial presentado por la defensa de Óscar Adrián Posteguillo Rojas para viajar a Chile y posteriormente a Estados Unidos, al concluir que no fueron acreditadas razones suficientes que justificaran la necesidad urgente de los desplazamientos solicitados.

La solicitud fue promovida por el abogado Derlis Rubén Armoa Florentín, quien pidió autorización para que su defendido pudiera ausentarse del país entre el 28 de mayo y el 08 de junio con destino a Chile vía terrestre y posteriormente entre el 09 y el 27 de junio con destino a Estados Unidos. Según la defensa, ambos viajes respondían a compromisos comerciales vinculados a actividades laborales relacionadas con la compra de vehículos.

Tras recibir el pedido, el juzgado corrió traslado a la fiscal interviniente, Irma Llano, quien manifestó su oposición a la autorización requerida. La representante del Ministerio Público argumentó que la investigación continúa en etapa preliminar y que el procesado actualmente cumple arresto domiciliario como medida alternativa a la prisión preventiva.

En su presentación, la fiscal sostuvo que no estaban dadas las condiciones para permitir que el imputado se ausente del país, atendiendo al estado inicial del proceso penal y a la vigencia de las medidas judiciales impuestas. También señaló que los viajes solicitados comprendían periodos prolongados.

Al analizar el caso, el magistrado indicó que, si bien la defensa adjuntó un certificado laboral, no se acreditó de manera suficiente la relación directa entre los viajes programados y las funciones laborales alegadas por el procesado. Asimismo, señaló que no se demostraron circunstancias de urgencia laboral, familiar o médica que justificaran flexibilizar las medidas alternativas vigentes.

La resolución refiere que el solo pedido de salida del país, sin una motivación concreta y debidamente respaldada que torne imprescindible el viaje, no resulta suficiente para garantizar el sometimiento del procesado al proceso penal. El juez sostuvo además que cualquier autorización de este tipo implica un menoscabo a las medidas cautelares impuestas, por lo que requiere fundamentos objetivos y verificables.

Con base en esos argumentos y en lo dispuesto por el art. 282 del Código Procesal Penal, el Juzgado Penal de Garantías en Delitos Económicos resolvió “no hacer lugar” a la autorización judicial solicitada por la defensa de Óscar Adrián Posteguillo Rojas.

Posteguillo Rojas se encuentra imputado por presunta estafa informática y lavado de activos. De acuerdo con la investigación fiscal, el perjuicio atribuido al Banco Sudameris asciende a G. 334.747.847, monto que habría sido transferido de manera indebida mediante operaciones realizadas a través del sistema SIPAP.