El juez especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú rechazó el recurso de reposición promovido por el abogado Balbino Daniel Garcete Martínez contra la providencia que admitió la imputación formulada en su contra dentro de una causa vinculada al presunto favorecimiento del narcotraficante Walter José Galindo Domínguez.
La resolución confirmó la providencia dictada el 12 de mayo, mediante la cual el juzgado tuvo por recibida el acta de imputación presentada por el fiscal Néstor Coronel. Asimismo, el magistrado dispuso elevar la apelación subsidiaria al Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado para su tramitación correspondiente.
Garcete Martínez había cuestionado la validez formal de la imputación por los supuestos hechos punibles de soborno agravado y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, argumentando que el Ministerio Público no individualizó adecuadamente los hechos ni precisó elementos concretos que sustenten los tipos penales atribuidos.
En su presentación, el abogado sostuvo que la imputación omitía señalar presuntos favores, contraprestaciones o beneficios patrimoniales relacionados con el delito de soborno, además de cuestionar la configuración jurídica de la supuesta instigación vinculada a la producción de documentos falsos. También negó haber participado irregularmente en actuaciones judiciales relacionadas con Walter Galindo y rechazó haber enviado mensajes o sugerencias para ocultar al procesado tras la revocatoria de su arresto domiciliario.
No obstante, el juzgado concluyó que el acta de imputación reúne los requisitos previstos en el art. 302 del Código Procesal Penal y en la Acordada 1631/2022, al contener una descripción suficiente de los hechos investigados, la individualización del imputado y los elementos de sospecha recopilados por la Fiscalía.
Según la resolución, la imputación detalla que el 27 de mayo del año 2021, Garcete Martínez presuntamente se habría presentado en el Juzgado Penal de Garantías Nº 2 y retirado de manera irregular un oficio judicial destinado a una médica forense, documento que posteriormente habría sido utilizado en actuaciones relacionadas con la situación procesal de Walter Galindo.
La investigación también menciona la supuesta participación del abogado en actuaciones vinculadas a una audiencia de medidas cautelares desarrollada el 24 de agosto del 2021 en el Juzgado Penal de Garantías de Lambaré. De acuerdo con la imputación, el abogado habría intervenido en dicha diligencia pese a no contar formalmente con intervención en la causa como defensor o procurador, situación que, según la hipótesis fiscal, habría incidido en el otorgamiento de beneficios procesales a Walter Galindo.
El Ministerio Público sostiene además que, mediante actuaciones presuntamente irregulares, el procesado obtuvo medidas sustitutivas a la prisión preventiva, incluyendo arresto domiciliario y permisos ambulatorios.
Otro de los puntos mencionados en la imputación se refiere a conversaciones interceptadas judicialmente, en las que presuntamente Garcete Martínez habría transmitido un mensaje dirigido a Walter Galindo sugiriendo que permaneciera oculto durante algunos días luego de que se revocara su arresto domiciliario y se ordenara nuevamente su captura. El abogado rechazó esas afirmaciones y sostuvo que no aparece directamente en las conversaciones incorporadas a la carpeta fiscal, además de alegar que cualquier intercambio entre abogados se encuentra protegido por el secreto profesional.
Al analizar el recurso, el juez Otazú recordó que la imputación constituye una atribución provisoria de hechos y que en esta etapa procesal corresponde únicamente verificar si el acta presentada por la Fiscalía cumple con las exigencias legales mínimas para habilitar la investigación penal.
En ese sentido, la resolución señala que el Ministerio Público describió de forma sucinta los hechos investigados, identificó los elementos de sospecha y precisó el grado de participación atribuido al imputado, sin que ello implique aún una afirmación definitiva sobre la veracidad de los hechos expuestos.
El magistrado también destacó que la Fiscalía solicitó un plazo de seis meses para desarrollar la investigación, pedido que ya había sido admitido por el juzgado mediante la providencia cuestionada. Finalmente, el juez concluyó que no se verificó vulneración alguna a garantías constitucionales ni procesales, razón por la cual resolvió rechazar el recurso de reposición y mantener vigente la admisión de la imputación formulada contra Balbino Daniel Garcete Martínez.
La resolución ordenó la remisión de los antecedentes al Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, que deberá analizar la apelación subsidiaria presentada por la defensa.






