El Juez Miguel Palacios rechazó el pedido de cambio de domicilio que presentó el presunto líder narco Reinaldo Javier «Cucho» Cabaña, quien seguirá cumpliendo su arresto domiciliario en Lambaré.
Durante la substanciación de la audiencia fijada, la defensa de Cucho refirió que se ha presentado circunstancias que le motiva a cambiar de domicilio fundado principalmente en el derecho al acercamiento familiar y en base al derecho a la protección de la familia que le faculta o que le acuerda la Constitución Nacional en su art. 49.
“El señor Reinaldo Cabaña es un padre de familia de estado civil casado y cuenta con tres hijos todos menores de edad el primero cuenta con 16 años el segundo con 10 y la ultima de tan solo cinco años de edad quienes como persona en desarrollo y crecimiento precisa del afecto y la protección paternal y para garantizar su desarrollo armónico y la unidad familiar en ese sentido solicita autorización a este juzgado a efecto de que pueda recibir en el lugar indicado en el escrito de petición” señaló la defensa.
A su vez, el magistrado refirió que uno de los presupuestos de relevancia tomados en cuenta para el otorgamiento del arresto domiciliario a favor del citado acusado, fue que el domicilio donde el mismo debe cumplir su arresto se encuentre dentro de la zona ubicada en Gran Asunción, alejado de los centros fronterizos y de influencia del procesado, pero la defensa solicita el cambio de domicilio a una propiedad ubicada en Alto Paraná.
“Si bien este juzgado no desconoce el derecho del procesado de tener un mayor y mejor vínculo con sus familiares, no debe perderse de vista que el objeto principal de toda medida cautelar dentro de un proceso penal, es asegurar el sometimiento del mismo a las resultas del proceso y en ese orden de ideas, este juzgado entiende que en atención a la naturaleza de los hechos punibles atribuido al Sr. Reinaldo Cabañas, la fijación de un arresto domiciliario fuera del ámbito territorial conocido como Gran Asunción, implicaría razonablemente un riesgo elevado de que el procesado pueda sustraerse al cumplimiento de las reglas que garantizan su sometimiento al presente proceso penal” se lee en el escrito.