El juez de garantías Rodrigo Estigarribia dispuso el trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo planteado por el Ministerio Público en la causa seguida al exlíder narco Tomás Rojas Cañete, conocido como “Toma’i”, por presunto lavado de dinero en la modalidad de frustración del comiso.
La decisión se da en el marco de la audiencia preliminar, luego de que la fiscal Belinda Bobadilla solicitara el cierre definitivo del proceso, alegando la imposibilidad de reunir elementos probatorios suficientes para sostener una acusación, especialmente ante la falta del protocolo original de una escritura pública clave para la investigación.
No obstante, el magistrado consideró que el requerimiento fiscal no resulta plenamente compatible con la gravedad del hecho investigado ni con las particularidades del caso, por lo que resolvió remitir las actuaciones al Fiscal General del Estado, conforme al mecanismo de control jerárquico previsto en el art. 358 del Código Procesal Penal.
El proceso se originó a partir de la presunta transferencia irregular de un inmueble rural ubicado en Ciudad del Este, identificado como finca Nº 24.797, que se encontraba sujeto a una medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar bienes en el marco de una causa por tráfico de drogas. Según la hipótesis inicial, dicha operación habría tenido como finalidad sustraer el bien del patrimonio del acusado para evitar su posterior comiso.
De acuerdo con los antecedentes, la supuesta compraventa del inmueble se habría formalizado en el año 2013 mediante escritura pública, involucrando a terceros en la operación. Sin embargo, la investigación se vio limitada por la imposibilidad de ubicar el protocolo original de dicho instrumento, lo que impidió la realización de pericias caligráficas para verificar la autenticidad de las firmas.
Pese a estas dificultades, el juez sostuvo que existen elementos fácticos relevantes, como la transferencia del bien durante la vigencia de medidas cautelares y la posterior cadena de operaciones jurídicas, que ameritan un análisis más profundo y no permiten descartar, en esta etapa, la prosecución del proceso.
En ese sentido, subrayó que la eventual frustración del comiso de bienes vinculados a personas condenadas por delitos graves reviste especial relevancia, más aún cuando se advierte la posible participación de varias personas en operaciones patrimoniales complejas.
En consecuencia, será el Fiscal General del Estado quien deberá evaluar los antecedentes y determinar si corresponde formular acusación o ratificar el pedido de sobreseimiento definitivo, en un plazo establecido por la normativa procesal.






