Jurado inicia análisis por posible mal desempeño de fiscal en caso de feminicidio y exposición política

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Fiscal Juan Daniel Benítez junto a la intendente Silvia Trubger

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió por unanimidad iniciar de oficio una investigación preliminar contra el agente fiscal Juan Daniel Benítez Miranda, en atención a cuestionamientos sobre su actuación funcional y su conducta pública.

La decisión se produce en un contexto de amplia repercusión, tras conocerse que el fiscal había dispuesto la liberación de un hombre denunciado por violencia, quien posteriormente fue señalado como autor de un caso de feminicidio ocurrido en la ciudad de Santa Rosa del Aguaray, departamento de San Pedro.

A este hecho se sumó la difusión de un video en el que el representante del Ministerio Público aparece cantando y bailando la polca asociada a un partido político, en compañía de autoridades locales, lo que generó cuestionamientos respecto al cumplimiento de las normas de imparcialidad y prohibición de actividad política para fiscales.

De acuerdo con antecedentes públicos, la legislación vigente, particularmente la Ley Nº 6814/21, establece como causal de mal desempeño la participación en actividades político-partidarias o la exhibición de símbolos de esa naturaleza por parte de agentes fiscales. El caso ya había motivado pronunciamientos en el ámbito legislativo, donde incluso se instó al JEM a evaluar la conducta del fiscal tanto por su intervención en el proceso que derivó en el feminicidio como por su exposición en un evento con connotación política.

Con la resolución adoptada, el Jurado abre la etapa preliminar para analizar si existen elementos suficientes que configuren causal de enjuiciamiento. En esta fase se recabarán antecedentes y se evaluará el desempeño del agente fiscal, antes de definir si corresponde o no avanzar hacia un proceso formal.

La investigación se centrará en determinar eventuales responsabilidades disciplinarias, tanto por decisiones adoptadas en el ejercicio de la función como por conductas que pudieran afectar la independencia y credibilidad institucional del Ministerio Público.