Justicia ratifica a CONMEBOL como querellante en caso contra Banco Atlas

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Confederación Sudamericana de Fútbol

Un Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos confirmó la admisión del acta de imputación en la causa por presunto lavado de dinero que involucra al presidente del Banco Atlas Miguel Ángel “Miki” Zaldívar y a otros procesados, dentro del expediente vinculado al caso del exdirigente del fútbol Nicolás Leoz. La resolución ratificó además la intervención de la CONMEBOL como querellante adhesiva en el proceso.

El fallo se produjo al analizar recursos de reposición y apelación planteados por defensas técnicas contra decisiones del juez penal de garantías especializado en delitos económicos, Humberto Otazú, quien previamente había admitido la imputación y reconocido a la organización deportiva como víctima en la causa. La Cámara concluyó que los planteamientos cumplían los requisitos formales para su estudio, aunque finalmente rechazó los agravios principales.

En su análisis, el Tribunal sostuvo que el acta de imputación reúne las condiciones previstas en el Código Procesal Penal para habilitar el inicio de la etapa investigativa. Según la resolución, en esta fase no se exige certeza sobre la existencia del hecho punible, sino la presencia de elementos de sospecha suficientes que justifiquen la apertura de la investigación y la eventual recolección de pruebas.

Respecto a la participación de la confederación sudamericana, los magistrados consideraron que su reconocimiento como víctima y querellante se ajusta a derecho, al existir una hipótesis de perjuicio derivado de los hechos investigados. La Cámara enfatizó que la determinación definitiva sobre la afectación patrimonial o la responsabilidad penal corresponde a etapas posteriores del proceso.

Asimismo, el Tribunal declaró inadmisible la adhesión a uno de los recursos presentado por la defensa de Zaldívar, al entender que no contenía fundamentos propios y confirmó íntegramente el A.I. recurrido. Las costas fueron impuestas en el orden causado, al no advertirse mala fe procesal.

Con esta decisión, la causa continúa en fase preparatoria, con plazo para que el Ministerio Público profundice la investigación y determine si corresponde formular acusación u otra salida procesal conforme a los resultados obtenidos.