Juzgado ratifica validez de la imputación contra Egidia Gómez y remite expediente a Cámara

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Exfiscal Egidia Gomes

El juez de garantías Humberto Otazú confirmó la recepción de la imputación contra la exfiscal Egidia Gomes actualmente procesada por presunta coima y otros delitos, por supuestamente favorecer al presunto narco Walter Galindo Domínguez. El juzgado de garantías envió el expediente al Tribunal de Apelación para el estudio de la apelación subsidiaria planteada con la reposición.

La defensa técnica, ejercida por los abogados Marcelo Bogado Escobar y Carlos Arévalos Girett, había interpuesto recurso contra la providencia del 17 de noviembre, alegando que la admisión del acta de imputación violaba el debido proceso, al considerar que, según sostuvieron, la misma no cumplía con los requisitos establecidos en el art. 302 del Código Procesal Penal (CPP) y en la Acordada 1631/2022. Sin embargo, el juzgado concluyó que la imputación fue correctamente admitida y que no existió vulneración alguna de garantías constitucionales ni procesales.

El Ministerio Público, representado por el fiscal Néstor Coronel, imputó a Gómez por hechos que habrían ocurrido entre los meses de mayo y agosto del año 2021, en el marco de la causa en la que también fue investigado Walter Galindo. Según la imputación, la exagente fiscal habría aceptado la promesa de beneficios indebidos para otorgar resoluciones y realizar actos funcionales, entre ellos la entrega irregular de una camioneta Ford Ranger y el cambio de paquetes de cocaína por bicarbonato sódico dentro de la evidencia del caso.

La resolución judicial detalla que, conforme a la imputación fiscal, Egidia Gómez habría autorizado la entrega del vehículo sin realizar ningún tipo de diligencia investigativa, basándose únicamente en un poder presuntamente simulado. Asimismo, se le atribuye haber sustituido tres paquetes de cocaína incautados, que totalizaban 1.486 gramos, por uno de bicarbonato de sodio de aproximadamente 1.476 gramos, decisión que habría intentado corregir semanas después remitiendo las evidencias tardíamente a las dependencias correspondientes.

En audiencia, la defensa sostuvo que la imputación carecía de claridad y no reunía los requisitos legales para su admisión. Sin embargo, el juzgado recordó que la etapa preparatoria tiene carácter evolutivo y que la imputación es, por naturaleza, provisoria y sujeta a modificaciones, conforme señala la doctrina procesal penal citada en la propia resolución. En ese sentido, el juez señaló que el documento presentado por el Ministerio Público cumple con la individualización de la procesada, la descripción fáctica de los hechos y la calificación jurídica provisoria exigida por ley.

El tribunal subrayó que el control jurisdiccional fue plenamente ejercido y que la solicitud fiscal de un plazo de seis meses para concluir la investigación se ajusta a los parámetros legales y doctrinales aplicables. Por tanto, concluyó que no existe agravio concreto que justifique la reposición solicitada por la defensa.

Finalmente, el juez resolvió rechazar el recurso de reposición y remitir la apelación subsidiaria al Tribunal de Apelación especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, para que dicho órgano analice la validez o no de los planteamientos formulados por los abogados defensores. Con esta decisión, el proceso penal contra Egidia Victoria Gómez Denis continuará su curso y se mantiene firme la imputación presentada por el Ministerio Público.