Juzgado revoca admisión de imputación contra abogada de RGD y devuelve causa a Fiscalía

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Abogada María Gloria Núñez

El juez de garantías Roolando Duarte resolvió hacer lugar a los recursos de reposición planteados por las defensas en la causa contra la abogada de González Daher, María Gloria Núñez y revocó la providencia que había admitido la imputación fiscal, ordenando la devolución de las actuaciones al Ministerio Público para la realización de diligencias investigativas adicionales.

La decisión quedó plasmada en el A.I. Nº 98 dictado el pasado 18 de febrero, luego de una audiencia en la que los representantes legales de los imputados cuestionaron la suficiencia de los elementos de convicción que sustentaban la imputación por el supuesto hecho punible de reducción.

Durante la audiencia, las defensas argumentaron que el acta fiscal no contenía una descripción clara y precisa de los hechos ni individualizaba adecuadamente las conductas atribuidas a cada procesado. Asimismo, señalaron supuestas contradicciones en la denuncia y en las declaraciones del denunciante, lo que, según expusieron, generaba dudas sobre la consistencia de la imputación.

Por su parte, el Ministerio Público manifestó que aún restaban diligencias relevantes por realizar, entre ellas la obtención de informes sobre los instrumentos financieros mencionados y la verificación de otros antecedentes, por lo que consideró pertinente la rectificación del acta de imputación para encauzar la investigación conforme a los requisitos procesales.

En este caso, la fiscal María Angélica Insáurralde formuló imputación contra María Gloria Núñez López, Héctor Vidal Portillo González y Salomón Ignacio Melgarejo López por la presunta comisión del hecho punible de apropiación de siete cheques de pago diferido emitidos en el 2022, cuyo monto total asciende a USD 372.206.

El juzgado sostuvo que, atendiendo al pedido del propio órgano acusador y a la necesidad de contar con elementos suficientes para sustentar la imputación, correspondía revocar la providencia anterior y aplicar el trámite previsto en la normativa procesal, devolviendo el acta fiscal para su adecuación. Con esta resolución, la causa retorna al Ministerio Público, para la realización de nuevas diligencias y la eventual reformulación de la imputación en caso de reunirse los presupuestos legales exigidos.