El agente fiscal de Luque, Orlando Paiva Notario, presentó imputación contra un abogado que se desempeñaba como oficial de justicia y contra una funcionaria pública en carácter de ujier notificadora, por la presunta comisión del hecho punible de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso. La causa se originó en el marco de un proceso por estafa vinculado a una ejecución judicial en torno a la «mafia de los pagarés».
Según la imputación formulada por el representante del Ministerio Público, ambos funcionarios habrían consignado de manera irregular el diligenciamiento de cédulas de notificación, así como certificado intimaciones de pago y embargos que, de acuerdo con la denuncia, no se habrían llevado a cabo en la forma establecida por la ley. El fiscal sostuvo que existen suficientes elementos de convicción que permiten sospechar la existencia del hecho punible y la presunta participación de los sindicados.
La investigación se inició el 05 de febrero del 2025, luego de que el ciudadano Carlos Espinoza formulara denuncia ante la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción. En su presentación, señaló como presuntos responsables a la juez en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Luque, Patricia Samaniego, así como a funcionarios judiciales que intervinieron en un proceso ejecutivo promovido en su contra.
No obstante, la imputación recayó sobre el oficial de justicia René Natividad Riquelme Rodríguez y la ujier notificadora Viriana Escobar Cardozo, quienes fueron sindicados por la presunta elaboración y certificación de diligencias que, según la denuncia, no se habrían realizado efectivamente.
Conforme al acta de denuncia Nº 07/2025, el afectado relató que en el año 2015 solicitó un préstamo de Gs. 22.000.000 a una empresa, firmando un pagaré. Indicó que en marzo del año 2016 habría cancelado la totalidad de la deuda mediante descuentos salariales. Sin embargo, tras su desvinculación laboral en mayo de ese mismo año, el documento no le fue devuelto. Posteriormente promovió un juicio laboral contra la firma.
En el año 2020, el denunciante tomó conocimiento de que figuraba como demandado en una “Acción Preparatoria de Juicio Ejecutivo”, promovida en el 2016 ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Secretaría 2 de Luque. Afirmó que no participó en dicho proceso ni fue notificado formalmente y que recién en el año 2021 accedió a copias del expediente, luego de que se ejecutara el embargo de una cuenta judicial a su nombre.
De las constancias del expediente surgen diligencias de notificación e intimaciones de pago y embargo practicadas entre los años 2018 y 2020 en un domicilio ubicado en el barrio Trinidad de Asunción. En esa dirección, según los informes obrantes en autos, se habrían dejado cédulas, adherido duplicados y entregado órdenes judiciales a terceros. Asimismo, se dictó la S.D. Nº 285, de fecha 22 de julio del 2019, que ordenó llevar adelante la ejecución por la suma de Gs. 22.000.000, más intereses y costas.
El denunciante sostuvo que todas las notificaciones consignadas en el expediente serían ficticias, ya que reside en la ciudad de Pilar y no en la dirección mencionada. Señaló que la ujier notificadora habría informado falsamente el diligenciamiento de las cédulas, mientras que el oficial de justicia habría certificado intimaciones y embargos que no se realizaron. Indicó que tomó conocimiento efectivo del juicio cuando se ejecutó el embargo en el marco del proceso laboral tramitado ante el Juzgado en lo Laboral del Primer Turno de la Capital.
La causa continúa en etapa investigativa, en la que el Ministerio Público deberá profundizar la recolección de pruebas para determinar las responsabilidades correspondientes.







