El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió iniciar de oficio el enjuiciamiento de la juez de Paz de Luque, Norma Beatriz Ortíz de Segovia, luego de que una auditoría remitida por la Corte Suprema de Justicia revelara numerosas irregularidades en el manejo de expedientes vinculados principalmente a trámites de cobro de pagarés.
La decisión fue impulsada a pedido del ministro Manuel Ramírez Candia, quien expuso ante el pleno los fundamentos jurídicos y fácticos que habilitan la actuación oficiosa del órgano constitucional.
Según explicó el ministro, el 15 de octubre del 2025 la Corte Suprema remitió al JEM el informe de gestión correspondiente al Juzgado de Paz de Luque, elaborado a partir de una auditoría de reacción inmediata ordenada por el máximo tribunal. Ramírez Candia señaló que, al haberse cumplido los plazos previstos en el art. 18 de la Ley 6.814 para que otro órgano pudiera formular acusación, el Jurado quedó habilitado para analizar si correspondía el uso de su facultad oficiosa. El plazo concluyó el 13 de noviembre, lo que permitió iniciar la evaluación sobre la pertinencia del enjuiciamiento.
Durante la sesión, el ministro detalló las supuestas irregularidades consignadas en el informe de auditoría. Entre ellas, se mencionan la falta de trámite a recusaciones sin expresión de causa en cinco expedientes; la admisión de preparaciones de acción ejecutiva en seis causas sin que los escritos de promoción contaran con la firma de la parte actora ni justificación de personería; la existencia de 29 resoluciones firmadas sin fecha; la falta de proveído y de resolución en 24 expedientes; el trámite de una acción preparatoria sin que se haya agregado el documento base y deficiencias en citaciones, notificaciones y diligenciamientos en causas preparatorias de juicio ejecutivo.
También se reportaron irregularidades en 22 procesos ejecutivos que continuaron pese a no haberse agregado los mandamientos de intimación de pago debidamente diligenciados. Asimismo, el informe atribuye a la magistrada permitir que funcionarios del juzgado incurrieran en infracciones administrativas y legales.
El ministro también se refirió a una nota presentada por el senador Rafael Filizola, en la que se denunciaban hechos presuntamente irregulares ocurridos en un expediente del año 2015. Sin embargo, el JEM determinó que los tres primeros hechos señalados en esa comunicación se encuentran prescriptos, conforme a lo establecido en el art. 11 de la Ley 6.814, al haber transcurrido el plazo legal para su investigación.
Ramírez Candia sostuvo que las irregularidades detectadas en la auditoría poseen gravedad, notoriedad y evidente interés público, por lo que cumplen con todos los requisitos legales para la apertura del enjuiciamiento de oficio. Enfatizó que el informe refleja situaciones que afectan la imagen institucional del Poder Judicial, particularmente en el contexto de investigaciones vinculadas al esquema conocido como “mafia de los pagarés”.
Sobre la base de estos elementos, el ministro propuso al pleno tres medidas; declarar la prescripción de los hechos señalados en la nota del senador Filizola correspondientes a los tres primeros puntos; iniciar de oficio el enjuiciamiento de la juez Norma Beatriz Ortíz de Segovia, conforme al art. 18 de la Ley 6.814 y solicitar a la Corte Suprema de Justicia la suspensión de la magistrada en su cargo, atendiendo a la gravedad de las irregularidades atribuidas. El planteamiento fue sometido a consideración del Jurado, que dispuso su aprobación para dar curso al proceso disciplinario.







