Respecto a la condena de cinco años impuesta al contador Óscar Daniel Ramírez Morales, la Fiscal Karina Caballero manifestó su conformidad con la decisión del Tribunal de Sentencia ya que se ajusta al pedido realizado por el Ministerio Público.
“Es una conducta que tiene que ver y es directamente proporcional a los hechos probados; hay una cantidad de hechos que ya no se pudieron validar por cuestiones ajenas a mi persona, en el sentido de que es una causa sumamente complicada por el modus operandi, por la cantidad de conductas que se pudieron verificar” comentó.
La agente fiscal explicó que este tipo de hechos son hechos punibles contra la propiedad de la persona que caen dentro de lo que se denomina “delitos económicos”, donde existe mucha documentación que analizar y a través de ellas también analizar las conductas delictivas de las personas que incurrieran en ellas. También cae dentro de lo que se conoce como corrupción corporativa, que ocurre cuando dentro de las empresas hay funcionarios que llevan a cabo este tipo de actos delictivos.
Señaló que esta fue una causa compleja en el sentido de que hubo muchas conductas que tuvieron que ser demostradas, porque la forma de operar no era una sola, sino que, mínimamente, hubo al menos cinco modus operandi y para demostrar la teoría del caso se tuvo que recurrir a pericias contables, pericias caligráficas, informes de bancos, balances y una serie de documentos que pudieron evidenciar la forma en la que actuaba el hoy condenado.
“Hay que recordar que, en este tipo de hechos, muchas veces no se dejan rastros de ciertas conductas y a nosotros nos exigen pruebas contundentes para validar hipótesis. Yo creo que esta fue una victoria para el Ministerio Público en el sentido de que se pudo validar las conductas principales” dijo Caballero.
Se pudo comprobar en el juicio oral que Ramírez Morales utilizaba cheques de la empresa con firmas apócrifas del firmante y eran depositados en su cuenta personal. La complejidad estaba en que existían cheques al portador, cheques nominativos al nombre del acusado directamente como beneficiario; también había cheques nominativos a proveedores con firmas auténticas, pero que finalmente no iban destinados al pago de los proveedores, sino que eran depositados a la cuenta del contador.
“Había transferencias desde la cuenta del acusado a la cuenta de la víctima; hubo muchas transferencias y todo ello con el único afán de que las cuentas de la empresa tuvieran flujo de caja y poder continuar extrayendo el dinero, sin que la firma se diera cuenta que ya no había dinero en sus cuentas bancarias” mencionó la agente fiscal.