El Colegio de Escribanos del Paraguay (CEP) deberá pagar G. 40.455.626.413 a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por no haber transferido la ganancia producto de la venta de materiales de uso notarial, desde 1999 al 2021. La Sala Constitucional, con mayoría de votos de los ministros Víctor Ríos y Alberto Martínez Simón, rechazó «in límine» la inconstitucionalidad planteada por el CEP y quedó firme la resolución de condena.
Al respecto, la Asesora Jurídica de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Mirta Morínigo, refirió a PDS Radio que se debe notificar al CEP acerca de la resolución emitida por la Sala Constitucional y, una vez firme, retornará al Tribunal de origen para iniciar un juicio de ejecución de sentencia. Explicó que esto inició como un juicio de rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas.
“Nosotros habíamos demandado la suma de Gs. 49.000.000.000, ellos (CEP) al contestar la demanda establecieron un reconocimiento de Gs. 20.000.000.000 y a través de una pericia se determinó que el monto era de Gs. 40.000.000.000. Esto lo confirmó el Tribunal de Apelación y finalmente fue a la Sala Constitucional a través de una acción que promovió el Colegio y fue rechazado” agregó.
Mencionó que la sentencia emitida por el Tribunal de Cuentas es una sentencia declarativa, entonces se inicia la ejecución en un juzgado civil. Es una sentencia que tiene carácter de título ejecutivo, el cual fue presentado en un juzgado civil que dio la razón a la Corte Suprema; fue hasta el Tribunal de Apelaciones el cual volvió a dar la razón a las pretenciones de la CSJ y luego a la Sala Constitucional.
“Ahora baja al juzgado civil para que pueda darse la ejecución y, una vez notificado, el Colegio de Escribanos deberá pagar o se le ejecutaría algún bien. Tendríamos que verificar cuentas, inmuebles, bienes registrables, a los efectos del embargo correspondiente” comentó la Asesora.
Manifestó que hasta este momento no se ha hablado de algún acuerdo entre el CEP y la CSJ debido a que es el Colegio de Escribanos quien debe proponer algún tipo de arreglo.
Gustavo Benítez, presidente del Colegio, calificó de «lamentable» el fallo, puesto que ambos ministros votaron por rechazar su propia recusación, lo cual está prohibido por ley según explicó el propio ministro Gustavo Santander en su voto disidente. Benítez expresó que recusaron a todos los ministros y magistrados del país, de modo que sean abogados particulares los que entiendan el caso ya que se trata de intereses de la propia Corte.