El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción revocó la resolución que autorizaba el traslado del exsenador Erico Galeano a Viñas Cué, al considerar que no se acreditaron amenazas ni riesgos que justificaran el cambio de establecimiento penitenciario.
La defensa había solicitado el traslado desde el Centro Nacional de Prevenidos mediante una tutela jurisdiccional, alegando la exposición pública del exlegislador, sus antecedentes médicos y los riesgos de permanecer en una penitenciaría de población masiva.
En su análisis, la cámara expuso que el juez mencionó que podrían existir situaciones que comprometerían derechos fundamentales del condenado, pero ello no fue corroborado o afirmado por situaciones fácticas que demuestren un peligro inminente o tan siquiera abstracto.
“Es decir que no consta en autos una condición de mérito que permita presumir que efectivamente el condenado este atravesando por una circunstancia que habilite este instituto”, complementó.
También cuestionó que el juez utilizara como fundamento que Galeano todavía figuraba administrativamente como “procesado” y que ello podría producir consecuencias en cuanto al régimen y tratamiento penitenciario al que debe ser incorporado.
“Si bien reconocemos que esta circunstancia constituye una falta administrativa por parte de los órganos encargados, detectamos un error en el razonamiento empleado por el Juez, ello en razón a que esta condición no constituye bajo ningún parámetro una razón suficiente para otorgar este instituto y trasladar al condenado. Y en caso de que el Juez lo considere suficiente este no ha acreditado se forma suficiente esta causalidad”, enfatizó.
Refirió además que el propio juez reconoce que no existen amenazas, incidentes o riesgos, por lo que se preguntó: ¿De qué manera afectaría a sus derechos procesales la permanencia del mismo en su lugar de reclusión?”.
Los camaristas Camilo Torres, Paublino Escobar Garay y Arnulfo Arias Maldonado instaron al Juzgado Penal de Sentencias a que arbitre los medios necesarios para la pronta remisión de la presente causa al Juzgado de Ejecución que corresponda, a fin de poder imprimir los trámites de rigor.
El exsenador Erico Galeano fue condenado a 13 años de cárcel por lavado de activos producto del narcotráfico y asociación criminal, en el marco de una causa derivada de la investigación A Ultranza.







