El juez penal de garantías Osmar Legal resolvió dictar el sobreseimiento provisional a favor de Matías Joel Chamorro Ortiz, quien se encontraba procesado en el marco del denominado Operativo Dulzura, investigación que permitió la incautación de 4.013,7 kilogramos de cocaína ocultos en un cargamento de azúcar destinado a Europa.
La decisión fue adoptada durante la audiencia preliminar realizada el pasado 11 de marzo, luego de que el Ministerio Público se ratificara en su requerimiento conclusivo de sobreseimiento provisional. El pedido fue formulado inicialmente por el fiscal Christian Ortiz y posteriormente ratificado por la fiscal adjunta Matilde Moreno, conforme al dictamen fiscal Nº 177.
Según la resolución, los elementos de convicción reunidos hasta el momento resultan insuficientes para sostener una acusación y llevar el caso a juicio oral, aunque aún existen diligencias investigativas pendientes que podrían aportar nuevos datos sobre la eventual responsabilidad penal del encausado. En ese contexto, el magistrado consideró procedente aplicar el instituto del sobreseimiento provisional previsto en el art. 362 del Código Procesal Penal.
El proceso se originó en un procedimiento realizado el 15 de julio del año 2024 en la terminal portuaria Puerto Caacupémi, donde agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) y del Ministerio Público verificaron varios contenedores asociados a la empresa exportadora Chokokue S.A.
Durante la inspección de uno de los contenedores, identificado con el código MSMU3414778, se detectaron bolsas de azúcar que contenían paquetes con presunta cocaína. El narcotest practicado en el lugar arrojó resultado positivo, confirmándose posteriormente mediante análisis laboratorial que la sustancia correspondía a clorhidrato de cocaína mezclado con cafeína.
Las sustancias ilícitas estaban mimetizadas dentro de bolsas de azúcar colocadas en palets, sumando un total de 4.013,7 kilogramos, lo que constituyó una de las mayores incautaciones de cocaína registradas en Paraguay. El cargamento tenía como destino final el puerto de Amberes, desde donde presumiblemente sería distribuido en Europa.
En la investigación se estableció que Matías Joel Chamorro Ortiz había sido designado síndico titular de la firma Chokokue S.A. en una asamblea celebrada el 12 de junio del 2024. La empresa estaba integrada además por Mario Miguel Benítez Brizuela, como presidente, y Fátima Benítez, como vicepresidenta.
De acuerdo con informes de inteligencia de la Senad, la estructura societaria habría sido conformada para ocultar a los verdaderos beneficiarios de la operación, mientras que los directivos designados habrían ejercido funciones formales dentro de la compañía.
No obstante, durante el análisis de evidencias, incluyendo la extracción de datos de teléfonos celulares, los investigadores señalaron que no fue posible reconstruir completamente las comunicaciones, debido a archivos dañados o inexistentes, lo que dificultó establecer con claridad el grado de participación de Chamorro en los hechos.
La resolución dispone que el proceso quede clausurado de manera temporal, mientras se realizan nuevas diligencias solicitadas por la Fiscalía. Entre ellas figuran la declaración testimonial de los agentes especiales Alex Rodríguez y Alfredo Romero, quienes participaron en la intervención; el pedido de remisión de la nota de retención CAIA RET Nº 56/2024 emitida por la Coordinación Administrativa de Investigación Aduanera y la solicitud de antecedentes registrales de la empresa Chokokue S.A. ante la Dirección General de los Registros Públicos.
Asimismo, el juez ordenó el levantamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre Chamorro, incluyendo restricciones y garantías impuestas durante el proceso. Si el Ministerio Público logra incorporar nuevos elementos de convicción, el proceso podría ser reabierto y eventualmente derivar en una acusación formal.







