El juez penal de garantías Rodrigo Estigarribia resolvió revocar la prisión preventiva del abogado y empresario Willian Ricardo De Souza Leite y dispuso su arresto domiciliario con monitoreo mediante tobillera electrónica, en el marco de la causa abierta por presunta pornografía relativa a niños y adolescentes y lavado de activos.
La decisión fue adoptada durante una audiencia de revisión de medidas llevada a cabo el pasado 29 de mayo, en la que la defensa técnica del procesado, ejercida por los abogados Gustavo Alberto Battaglia Cáceres y Evelyn Mirtha Posson de Battaglia, solicitó la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva y la aplicación de medidas menos gravosas.
Según la imputación, De Souza Leite habría adquirido, comercializado y utilizado material de abuso sexual infantil (MASI) a través de plataformas vinculadas a la denominada «Dark Net». La investigación forma parte del denominado Operativo Omega. Durante la audiencia la defensa sostuvo que la prisión preventiva ya no resultaba necesaria para garantizar los fines del proceso y alegó la existencia de circunstancias nuevas que justificaban una revisión de la medida.
Entre los principales argumentos expuestos se mencionaron la presunción de inocencia, el derecho al trabajo y la necesidad de que el imputado continúe sosteniendo económicamente a su familia. Asimismo, se destacó que De Souza Leite posee domicilio fijo, actividad laboral vinculada al sector inmobiliario, arraigo familiar y patrimonio suficiente.
Los abogados también señalaron que el imputado colaboró con los procedimientos de allanamiento y facilitó el acceso a dispositivos electrónicos incautados por las autoridades, los cuales permanecen bajo custodia del Ministerio Público. Según la defensa, ello reduce significativamente cualquier posibilidad de obstaculización de la investigación.
Además, se presentaron documentos relacionados con su estado de salud, incluyendo antecedentes de una cirugía reciente y un proceso de rehabilitación que requiere sesiones permanentes de fisioterapia. Como garantías para asegurar su sometimiento al proceso, la defensa ofreció un inmueble ubicado en Santa Rita, Alto Paraná, además de una caución personal prestada por Ronald Miguel Villalba Aguilera, funcionario y docente universitario.
Durante la audiencia, la agente fiscal Ruth Karina Benítez manifestó que el objetivo principal del Ministerio Público es asegurar la comparecencia del imputado al proceso penal. La fiscal indicó que la documentación presentada por la defensa permitía considerar una disminución del peligro de fuga inicialmente valorado, por lo que se allanó a la aplicación de una medida menos gravosa, siempre que se implementaran simultáneamente una caución real, una caución personal, el uso obligatorio de tobillera electrónica y controles aleatorios por parte de la Policía Nacional.
En su resolución, el magistrado recordó que la prisión preventiva constituye una medida excepcional y que debe ser sustituida cuando existan mecanismos menos restrictivos capaces de garantizar los fines del proceso. Al analizar los elementos incorporados durante la audiencia, Estigarribia consideró acreditados el arraigo familiar, laboral, patrimonial y personal del imputado, además de su situación médica actual y la existencia de garantías suficientes para asegurar su sometimiento al procedimiento penal.
Asimismo, destacó que gran parte de las evidencias relevantes para la investigación, especialmente los dispositivos electrónicos incautados, ya se encuentran bajo control del Ministerio Público, circunstancia que reduce el riesgo de obstrucción. La resolución también señala que no fueron identificados actos concretos que permitan concluir que el imputado pueda frustrar diligencias investigativas desde un régimen de arresto domiciliario.
El juez otorgó especial relevancia al allanamiento expresado por la Fiscalía, aunque aclaró que la decisión sobre las medidas cautelares corresponde exclusivamente al órgano jurisdiccional. Como consecuencia de la revisión cautelar, el juzgado dispuso el arresto domiciliario en una vivienda ubicada en la ciudad de Santa Rita, departamento de Alto Paraná.
Además de ello, dispuso la aplicación obligatoria de tobillera electrónica bajo monitoreo de la Oficina de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos de Control (OMDEC), la prohibición de salir del país, la prohibición de cambiar de domicilio sin autorización judicial, la obligación de comparecer ante las citaciones judiciales y la realización de controles policiales y monitoreo permanente.
Además, el magistrado ordenó trabar embargo preventivo sobre un inmueble ubicado en Santa Rita, hasta cubrir la suma de Gs. 1.000 millones. Igualmente, decretó una fianza personal de Gs. 300 millones ofrecida por Ronald Miguel Villalba Aguilera. La resolución establece también que el imputado deberá presentar, en un plazo de 20 días hábiles, el certificado de condiciones de dominio del inmueble ofrecido como garantía. El incumplimiento de esta exigencia podría derivar en la revocación de las medidas sustitutivas.
Con esta decisión, De Souza Leite abandona el régimen de prisión preventiva dispuesto apenas nueve días antes, mediante el A..I Nº 111 del 20 de mayo, aunque continuará sometido al proceso penal bajo estrictas condiciones de control y vigilancia electrónica.
La investigación por los supuestos hechos de pornografía relativa a niños y adolescentes y lavado de activos permanece abierta y en etapa preparatoria, mientras el Ministerio Público prosigue con las diligencias técnicas y periciales relacionadas con los dispositivos electrónicos incautados durante el Operativo Omega.







