El juez Humberto Otazú resolvió rechazar el recurso de reposición promovido por la defensa del exministro de Obras Públicas y Comunicaciones Arnoldo Wiens y confirmó la admisión de la imputación formulada en su contra por la presunta comisión del hecho punible de lesión de confianza en el marco de la investigación sobre el fallido proyecto Metrobús.
El A.I. N° 157 dictado este 04 de junio, además de rechazar la reposición, concedió trámite a la apelación subsidiaria planteada por los abogados Alfredo Enrique Kronawetter y Cecilia Pérez, remitiendo el expediente al Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado para su estudio.
La causa se inició formalmente el 13 de febrero, cuando los fiscales Nathalia Silva, Yeimy Adle y Giovanni Grisetti formularon imputación contra Wiens por la supuesta comisión del hecho punible de lesión de confianza en calidad de autor. Posteriormente, el 04 de marzo, el juzgado tuvo por recibida la imputación y fijó fecha para la audiencia correspondiente.
Cinco días después, la defensa del exministro presentó un recurso de reposición con apelación en subsidio contra dicha providencia, cuestionando la validez de la admisión del acta de imputación. Los abogados defensores sostuvieron que la providencia que admitió la imputación presentaba supuestos vicios sustanciales y carecía de los requisitos materiales y formales exigidos por el art. 302 del Código Procesal Penal y por la Acordada N° 1631/2022 de la Corte Suprema de Justicia.
Según la defensa, la resolución judicial habría alterado sustancialmente la estructura del requerimiento fiscal al excluir uno de los tipos penales inicialmente propuestos por el Ministerio Público, específicamente el de daño a obras construidas o medios técnicos de trabajo. A criterio de los recurrentes, dicha exclusión desarticulaba la hipótesis planteada por la Fiscalía y dejaba subsistente únicamente la figura de lesión de confianza sin una correlación adecuada con los hechos descriptos en la imputación.
Asimismo, argumentaron que la hipótesis fáctica relacionada con la lesión de confianza ya había sido objeto de un sobreseimiento definitivo en favor de uno de los coimputados de la causa, por lo que solicitaron la revocación de la providencia y su nulidad conforme al artículo 165 del Código Procesal Penal. La defensa también sostuvo que se vulneraban garantías constitucionales vinculadas al derecho de defensa y al debido proceso.
Durante la audiencia realizada el 01 de junio pasado, los fiscales intervinientes defendieron la legalidad de la imputación y afirmaron que el acta presentada cumple plenamente con todos los requisitos establecidos en el art. 302 del Código Procesal Penal y en la Acordada de la Corte Suprema. Señalaron que el documento contiene una identificación completa del imputado, una descripción de los hechos investigados, la individualización de la conducta atribuida y la determinación del plazo requerido para la investigación, fijado en seis meses.
Además, sostuvieron que los cuestionamientos de la defensa no se referían realmente a defectos formales de la imputación, sino a aspectos de fondo relacionados con la investigación penal, cuestiones que, según la Fiscalía, no corresponden ser debatidas en esta etapa inicial del proceso.
Los fiscales también recordaron que Wiens formaba parte de la investigación desde años atrás dentro de la causa abierta por el proyecto Metrobús y que incluso había sido convocado a prestar declaración indagatoria en octubre del 2023. Respecto al argumento relacionado con el sobreseimiento de otros procesados, el Ministerio Público enfatizó que la responsabilidad penal es individual y que la situación procesal de otros investigados no impide que continúe la pesquisa respecto de Wiens.
Al analizar el recurso, el magistrado concluyó que la providencia cuestionada cumplió con todos los requisitos legales para admitir la imputación. El juez sostuvo que, al momento de recibir el acta fiscal, el juzgado verificó el cumplimiento de las exigencias previstas tanto en el Código Procesal Penal como en la Acordada de la Corte.
Asimismo, indicó que la imputación identifica adecuadamente al procesado, describe de manera sucinta los hechos atribuidos, individualiza la conducta investigada, menciona los elementos de sospecha reunidos por la Fiscalía y establece un plazo concreto para el desarrollo de la investigación. Otazú resaltó que la sospecha en materia penal constituye un juicio provisional y que los hechos atribuidos al procesado se encuentran sujetos a la investigación actualmente en curso.
En la resolución, el magistrado también hizo referencia a la hipótesis sostenida por el Ministerio Público respecto a la actuación de Wiens cuando ejercía el cargo de ministro de Obras Públicas y Comunicaciones. Según la imputación, el exsecretario de Estado habría suscrito un «Acta de Entendimiento» con la empresa constructora Mota-Engil, mediante la cual se dispuso la suspensión de las obras del Metrobús.
La Fiscalía sostiene que posteriormente se habría abandonado la continuidad de una obra considerada de relevancia urbana para el país y que, además, se ordenó la demolición de estaciones ya construidas. De acuerdo con la teoría fiscal, estas decisiones habrían generado un perjuicio patrimonial considerable al Estado, circunstancia que es analizada dentro de la figura penal de lesión de confianza.
El magistrado aclaró, sin embargo, que dichas afirmaciones forman parte de la hipótesis investigativa del Ministerio Público y que deberán ser corroboradas o descartadas durante el desarrollo de la etapa preparatoria. Uno de los puntos centrales de la resolución fue la conclusión del juez respecto a la inexistencia de vulneraciones constitucionales o procesales.
Según Otazú, el acta de imputación reúne los parámetros mínimos exigidos para su admisión porque contiene una teoría del caso claramente formulada y una determinación racional del tiempo requerido para desarrollar la investigación. En consecuencia, consideró improcedente el recurso de reposición presentado por la defensa.
Con el rechazo de la reposición, el magistrado dio trámite a la apelación subsidiaria promovida por la defensa de Wiens. Por ello, el expediente será remitido al Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, instancia que deberá analizar los argumentos planteados por los abogados del exministro y determinar si confirma o modifica la decisión adoptada por el juzgado de garantías.







