El juez Rodrigo Estigarribia levantó el arresto domiciliario y otorgó libertad ambulatoria a la intendente de Valenzuela, Mirtha Fernández, en la causa por supuestas obras fantasma que recientemente se elevó a juicio. Si bien el Ministerio Público solicitó que se mantenga el arresto, el juzgado consideró que no se demostró un peligro procesal actual.
El abogado de la defensa, Mario Alberto Bobadilla More, argumentó que tras la culminación de la audiencia preliminar y la elevación de la causa a juicio oral y público las restricciones de arresto domiciliario habían dejado de ser necesarias.
En su presentación, Bobadilla subrayó que Fernández fue proclamada intendente de Valenzuela para el periodo 2021 – 2025, en virtud de la Sentencia Nº 146/2021 del Tribunal Electoral y que su mandato fue extendido por la Ley Nº 7024/2022. Destacó que la funcionaria necesita estar presente en su municipio para cumplir con las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica Municipal Nº 3966/2010, por lo que solicitó la sustitución del arresto domiciliario por la libertad ambulatoria sujeta a reglas de conducta.
La defensa ofreció además caución real sobre un inmueble valuado en Gs. 1.435 millones y fianzas personales por Gs. 500 millones cada una, otorgadas por Javier María Pirovano Silva y Edith Concepción Fernández Yegros. También se presentó documentación médica que acredita enfermedades respiratorias y cardiovasculares de la procesada. Por su parte, el Ministerio Público representado por el Fiscal Néstor Coronel pidió mantener el arresto domiciliario y las cauciones ya fijadas, argumentando que la medida sigue siendo la adecuada y que cualquier permiso especial por motivos de salud puede ser evaluado caso por caso.
El juzgado, no obstante, recordó que la prisión preventiva y las medidas restrictivas de libertad son de carácter excepcional según el art. 19 de la Constitución y el art. 245 del Código Procesal Penal (CPP), debiendo privilegiarse alternativas menos gravosas cuando se neutralicen los riesgos procesales. En este caso, consideró que la acusada tiene arraigo funcional e institucional suficiente para garantizar su sometimiento al proceso.
En consecuencia, se resolvió sustituir el arresto domiciliario por medidas alternativas como obligación de comparecer trimestralmente ante el juzgado para firmar el libro de comparecencia, prohibición de salir del país sin autorización judicial y prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del juzgado. La caución real y las fianzas personales se mantienen vigentes.
Con esta decisión, Fernández recupera mayor libertad de movimiento mientras avanza hacia el juicio oral por presunta lesión de confianza y otros hechos punibles, en una causa que sigue generando preocupación ciudadana por el conflicto judicial que involucra a una autoridad municipal electa.







