La Sala Penal confirmó que el excandidato presidencial Paraguayo Cubas afrontará juicio oral y público por supuesta perturbación a la paz pública, tentativa de impedimento de las elecciones y otros hechos punibles. La Corte no admitió la casación que planteó la defensa contra el fallo de la Cámara de Apelación que ratificó el auto de apertura a juicio.
La Alzada había rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa de Payo Cubas contra la resolución dictada por el Juez José Agustín Delmás mediante la cual admitió la acusación presentada por la Fiscalía y resolvió que el excandidato sea juzgado en un juicio oral y público por perturbación de la paz pública y otros delitos que fueron perpetrados durante las manifestaciones realizadas frente a la sede del TSJE.
Los Fiscales Jorge Arce. Diego Arzamendia y Alma Zayas habían presentado el requerimiento conclusivo contra Payo Cubas por la presunta comisión de los hechos punibles de perturbación de la paz pública, amenaza de hechos punibles, resistencia, tentativa de coacción a órganos constitucionales y tentativa de impedimento de las elecciones en calidad de autor.
Según la hipótesis del Ministerio Público, Cubas había realizado discursos dirigidos a la ciudadanía con el objetivo de que los mismos se manifestaran de manera violenta en inmediaciones del TSJE, buscando interrumpir el juzgamiento de actas de votación y buscando la no asunción del actual Presidente de la República, Santiago Peña.