El juez Osmar Legal decretó la prohibición de innovar y contratar sobre tres establecimientos rurales que figuran a nombre del fallecido diputado Eulalio Gomes, en el marco del caso Pavo Real II. Los inmuebles habrían sido utilizados para actividades agrícolas y ganaderas, con el objetivo de canalizar el flujo de dinero ilícito.
Los bienes en cuestión se encuentran inscriptos en los Registros Públicos como: el establecimiento rural denominado “San Juan”, ubicado en el distrito de Bella Vista Norte, departamento de Amambay; el establecimiento denominado “Marta Angélica”, del distrito de Horqueta y el establecimiento denominado “Ñu Porã”, del distrito de Yby Yaú.
Los agentes fiscales Andrés Arriola, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres presentaron un requerimiento fiscal el pasado 23 de abril solicitando la aplicación de medidas cautelares sobre varios inmuebles rurales. Este pedido se basa en investigaciones que revelan un esquema delictivo de lavado de activos, presuntamente vinculado a organizaciones criminales internacionales.
Las autoridades identificaron que varias personas y entidades, en su mayoría con reconocimiento en el sector empresarial y público, habrían estado operando como facilitadores del lavado de dinero proveniente del narcotráfico. Según el informe del Ministerio Público, se presume que estos individuos han utilizado sus influencias en el sector financiero y agropecuario para mover fondos ilícitos a través del sistema financiero paraguayo, lo que plantea serios riesgos de alteración o disolución del curso de la investigación.
Los inmuebles en cuestión, ubicados en los departamentos de Amambay y Concepción, han sido catalogados como potencialmente vinculados a actividades criminales. Los establecidos rurales “San Juan”, “Marta Angelica” y “Ñu Porá” estaban bajo la propiedad de Eulalio Gomes, quien figura como titular en documentación oficial. De acuerdo con las investigaciones, estos establecimientos no solo habrían sido utilizados para actividades agrícolas y ganaderas, sino también como plataformas para canalizar flujos de capital ilícito.
El informe detalla que estos inmuebles, en algunos casos, habrían sido previamente objeto de allanamientos relacionados con narcotráfico, lo que refuerza su conexión con el crimen organizado. Las transacciones fraudulentas, que se llevaron a cabo a lo largo de aproximadamente diez años, incluyeron negociaciones que las organizaciones criminales considerarían como un intercambio de bienes, convirtiendo estas propiedades en monedas de cambio entre ellas.
En respuesta al requerimiento fiscal, el Juzgado Penal de Garantías decidió imponer la prohibición de innovar y contratar respecto a los citados inmuebles, medida necesaria para evitar que su situación jurídica sea alterada y para preservar la integridad del proceso judicial en curso. Cabe mencionar que esta decisión se fundamenta en la legislación vigente, que permite la adopción de medidas cautelares en casos de lavado de activos y asociación criminal sin necesidad de contracautela.
El Juzgado ya solicitó información adicional a la Dirección General de los Registros Públicos para asegurar el correcto seguimiento de estos bienes, a fin de mantener la transparencia y validez de las evidencias y salvaguardar los derechos de tercero en el proceso.