La Sala Penal de la Corte no admitió la recusación que planteó el abogado
Alfredo Duarte contra los magistrados Andrea Vera Aldana, Arnaldo Fleitas Ortiz
y José Waldir Servín. Los Camaristas tienen pendiente de resolución una
recusación planteada contra el Juez Osmar Legal.
El abogado Alfredo Duarte recusó a los magistrados invocando el numeral 13
del art. 50 del Código Procesal Penal (CPP), manifestando que el Juez
interviniente en la causa no fue instituido con anterioridad al hecho como lo
establece la ley y con su intervención se ha violado las garantías previstas en
la Constitución Nacional, el Derecho Internacional vigente y el Código Procesal
Penal.
La magistrada Andrea Vera Aldana informó que dicho motivo no se encuadra a
una causal válida tampoco se encuentra justificada que afecten su
imparcialidad. Por su parte, el magistrado Arnaldo Fleitas Ortiz, manifestó que
los argumentos expuestos por el recusante carecen de la virtualidad necesaria
que amerite la separación de éste Magistrado ni de los demás.
La Sala Penal resolvió declarar inadmisible la recusación contra la Cámara
de Apelaciones debido a que, si bien el abogado ha invocado la causal prevista
en el inciso 13 del Art. 50 del CPP, se ha limitado a expresar que los miembros
del tribunal al dictar el A.I. Nº 371 de fecha 20 de diciembre del 2023, a
través del cual se resolvió hacer lugar a la solicitud de prórroga
extraordinaria solicitada por el Fiscal Osmar Segovia, han actuado con
parcialidad manifiesta e incurrido en prevaricato, porque no tenían competencia
para hacerlo ya que los fueros especializados fueron creados con posterioridad
al hecho que se le atribuye.
“Sin embargo, de la lectura del escrito de recusación, se infiere que el
recusante no ha manifestado alguna circunstancia fáctica concreta de la que se
pueda corroborar que la imparcialidad e independencia de los magistrados se
encuentren comprometidas, más bien, sus dichos aluden a actuaciones, más
concretamente a la disconformidad con lo resuelto por los miembros recusados, y
con una supuesta falta de competencia de los magistrados recusados” se lee en
el escrito.







