Perito de Cacavelos concluye que grabación carece de autenticidad en causa por difamación

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Pericia ofrecida por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos

Una pericia técnica acústica presentada por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos en el marco de la querella por supuesta difamación contra la activista María Esther Roa concluye que el audio difundido en la red social X no reúne condiciones de autenticidad ni puede ser considerado evidencia válida en un proceso judicial.

El informe fue elaborado por el ingeniero en sonido Guillermo Iturrieta Mena, quien realizó un análisis técnico integral del archivo.

El documento explica que la verificación de autenticidad de un registro sonoro requiere el cumplimiento de parámetros técnicos específicos, como la congruencia tonal de la voz, la presencia de ruido ambiente y la coherencia del espacio acústico. En este caso, el perito advierte que tales condiciones no se verifican, lo que genera dudas razonables sobre la legitimidad del archivo analizado.

Según el informe, el estudio incluyó métodos auditivos y análisis científicos mediante herramientas como espectrogramas, oscilogramas y representaciones tridimensionales del sonido. Estos procedimientos permitieron evaluar aspectos como la frecuencia, el timbre, la intensidad, las pausas y el ritmo del habla, elementos considerados claves en la acústica forense para determinar si una grabación ha sido manipulada.

Entre los hallazgos más relevantes, el perito señala que la voz contenida en el audio presenta características atípicas para un registro humano natural. En particular, menciona variaciones artificiales en el tono y el timbre, así como la presencia de patrones ordenados que no corresponden al comportamiento orgánico de la voz humana.

Además, destaca la ausencia total de ruido de fondo y reverberación, condiciones que, según el informe, solo serían posibles en entornos altamente controlados, como salas anecoicas, lo que resulta improbable en el contexto del caso.

El análisis también concluye que la música de fondo fue incorporada mediante un proceso de edición posterior. El informe indica que dicha pista coincide exactamente con una versión disponible en plataformas digitales, sin alteraciones propias de una reproducción en ambiente real, lo que refuerza la hipótesis de manipulación del archivo original.

Adicionalmente, el peritaje refiere el uso de herramientas de detección de voz sintética, cuyos resultados arrojan indicios de que la locución podría haber sido generada mediante inteligencia artificial. Estas conclusiones se sustentan en la uniformidad de las formantes, la falta de variabilidad natural y otros indicadores técnicos que, según el especialista, son propios de voces artificiales.

En su conclusión general, el informe sostiene que el archivo presenta adulteraciones derivadas de ediciones posteriores a su supuesta captura, por lo que no puede ser considerado un documento auténtico ni utilizado como medio probatorio. El perito afirma que la combinación de manipulación técnica y posible generación artificial de la voz invalida el contenido desde el punto de vista forense.

Finalmente, el dictamen pericial concluye de manera categórica que el audio en cuestión fue manipulado, alterado o editado, dejando asentado que carece de fiabilidad técnica para sustentar una acusación en sede judicial.