Desde hoy ya no se podrá acceder a las resoluciones de los juzgados y tribunales de apelaciones porque la Corte Suprema de Justicia ha decidido implementar la Acordada N° 1533 que actualiza la normativa en relación a la impresión de ejemplares de las resoluciones dictadas por los juzgados y tribunales de todo el país.
Los ministros argumentaron esta nueva implementación alegando que las Acordadas que reglamentan el sistema de archivo, registro y expedición copia de resoluciones judiciales no se adaptan a las necesidades actuales y requieren ajustes en el marco de la expansión del expediente judicial electrónico, ya que las mismas datan de los años 1927 y 1937.
Esgrimieron, además, que la Corte cuenta con la Dirección de Estadística Judicial de los Tribunales, que a través de sus oficinas en cada circunscripción judicial, centraliza la recepción y el registro de todas las resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales a los efectos de que sean entregadas para la guarda y para posteriormente constituirse en datos estadísticos, herramienta eficaz para información, rendición de cuentas, planificación y toma de decisiones por las autoridades pertinentes, siendo también una vía sencilla de acceso a fallos de interés para ciudadanía.
Al respecto se refirió el director de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Corte Suprema de Justicia, José Costas, y dijo que la Corte no tiene intención de coartar el acceso a la información pública a ningún ciudadano o medio de comunicación.
Escuchá las declaraciones de José Costas a PDS Radio-TV Digital:
