Primera tobillera electrónica es utilizada en causa de violencia familiar

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Tobillera electrónica, imagen referencia

El Tribunal de Apelación de Feria de Central aplicó por primera vez un arresto domiciliario con la utilización de las tobilleras electrónicas, en un caso de presunta violencia familiar. Alberto Segovia Martínez, imputado por violencia familiar, será el primero en utilizar este dispositivo de control.

El Tribunal de Apelación Penal de Feria de la Circunscripción Central revocó la prisión preventiva de Alberto Segovia Martínez, imputado en una causa por violencia familiar y dispuso como medida cautelar el arresto domiciliario. La decisión fue tomada tras analizar un recurso de apelación presentado por los abogados de la defensa, Silvero Martínez y Zunilda Elizabeth Landaida González, contra el A.I N° 2538, dictado el 30 de diciembre del 2024 por el Juzgado Penal de Garantías a cargo de la Juez María Cecilia Ocampos.

Alberto Segovia Martínez se encuentra procesado por hechos de violencia familiar y hasta la fecha permanecía bajo prisión preventiva debido al peligro de obstrucción del proceso, especialmente por el temor expresado por la víctima, quien además actúa como testigo clave en la causa. Sin embargo, la defensa presentó argumentos para demostrar que las condiciones para mantener la prisión preventiva no eran suficientes, destacando la excepcionalidad de esta medida, garantizada por los artículos 17 y 19 del código de forma.

La Alzada, presidido por el magistrado Óscar Rodríguez Kennedy, consideró que la defensa aportó elementos que justifican una medida menos restrictiva, tales como certificados de arraigo, la oferta de una fianza real y la ausencia de antecedentes penales del imputado. Asimismo, se dispuso que Segovia utilice un dispositivo de monitoreo electrónico (tobillera) y que su arresto domiciliario se fije a más de cinco kilómetros de distancia del domicilio de la denunciante, con controles al procesado.

El voto de Rodríguez Kennedy fue acompañado por la magistrada Alicia Orrego. Por su parte, el magistrado Joel Melgarejo votó en disidencia, argumentando que persiste el peligro de obstrucción de la justicia y que la prisión preventiva sigue siendo necesaria debido al estado incipiente de la causa.

La resolución, basada en la Ley N° 5863/17 que regula el uso de dispositivos electrónicos de control, busca garantizar tanto la protección del denunciante como la sujeción del imputado al proceso penal. Con esta decisión, la Cámara desarrolló las actuaciones al juzgado de origen para la ejecución de las medidas ordenadas.

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