La juez de ejecución Luz Rossana Bogarín promovió al periodo de tratamiento al condenado Celso Manuel Alvarenga, expresidente de la Asociación de Funcionarios Judiciales, quien avanza en el cumplimiento de su condena de 8 años de prisión por un millonario perjuicio de Gs. 12.600.000.000 a la ASO.
El mismo deberá someterse o permanecer dentro de un programa de estudio, capacitación y/o producción penitenciaria a cargo de la Penitenciaria Industrial La Esperanza. Además, se ordenó el tratamiento psicológico con los profesionales psicólogos de Penitenciaria, por el plazo de 6 meses.
La decisión fue adoptada mediante el A.I. N° 59 de fecha 19 de enero del 2026, tras el análisis de las constancias obrantes en el expediente y los informes técnicos remitidos por la administración penitenciaria. El mismo fue condenado por la comisión de los hechos punibles de lesión de confianza y estafa.
Alvarenga cumple una pena privativa de libertad de ocho años, desde el 22 de diciembre del 2021; el cómputo definitivo de la condena establece que alcanzará la mitad de la pena en mayo del 2029 y las dos terceras partes en septiembre del 2030, mientras que la fecha de cumplimiento total está fijada para mayo del 2033.
La magistratura tuvo en cuenta el informe del Organismo Técnico Criminológico de la Penitenciaría Industrial La Esperanza, que calificó la conducta del interno como “muy buena” y destacó su participación en programas educativos, laborales y culturales, así como la ausencia de sanciones disciplinarias desde su ingreso. También se valoraron los informes de las áreas de salud, psicología y seguridad, que describen un seguimiento médico regular y una evolución favorable en el contexto institucional.
Asimismo, el Ministerio Público se expidió a favor de la promoción al periodo de tratamiento, mientras que la defensa pública solicitó la incorporación del condenado a las etapas de continuidad progresiva previstas en el Código de Ejecución Penal. La resolución se fundamenta en el principio constitucional que orienta las penas privativas de libertad hacia la readaptación social del condenado y la protección de la sociedad.
Conforme a lo resuelto, Alvarenga deberá permanecer en un programa de estudio, capacitación y/o producción penitenciaria, además de someterse a un tratamiento psicológico por un plazo de seis meses, bajo seguimiento de profesionales del establecimiento penitenciario. Finalizado dicho periodo, la dirección de la penitenciaría deberá remitir a la autoridad judicial un informe conclusivo para la evaluación correspondiente.







