Los abogados Rodrigo Yódice y Arturo Daniel, en representación de la Aso de Funcionarios Públicos y docentes jubilados, repusieron la providencia por la cual el juzgado de Ejecución dio trámite a la apelación de Celina Villalba, contra la resolución que ordenó su captura a efectos de que cumpla su condena de 2 años 6 meses de prisión por el desfalco de Gs. 1.240.971.193.
La querella solicita que se revoque esta decisión por considerar que la condenada, actualmente prófuga, pretende litigar desde la clandestinidad en abierta rebeldía al mandato judicial.
En el escrito, los abogados argumentan que el recurso interpuesto por la defensa carece de sustento jurídico, dado que no existe agravio real que justifique su admisión. Según detallan, el A.I. Nº 980, cuestionado por la defensa, se limitó a ordenar la captura de Villalba de Lovera como consecuencia de una sentencia firme y ejecutoriada que le impuso dos años y seis meses de prisión. Esta decisión, señalan, responde al cumplimiento del art. 493 del Código Procesal Penal y no constituye una medida discrecional del juzgado.
La querella calificó la actuación de la defensa como un “abuso del derecho” con fines dilatorios. Afirmaron que Villalba de Lovera, quien ya agotó todas las vías recursivas, incluso una acción de inconstitucionalidad, está utilizando recursos procesales no para ejercer una legítima defensa, sino para evitar cumplir una pena que debe ejecutarse con urgencia. Además, destacaron la peligrosidad procesal de la condenada, quien hasta la fecha no se presentó ante ninguna autoridad judicial o penitenciaria.
El documento también pone de manifiesto una contradicción entre el trato procesal otorgado a Villalba de Lovera y el dispensado a su co-condenada Nélida Huespe de Peralta. En un fallo dictado el mismo día, la juez exigió que Huespe se entregue a las autoridades antes de dar trámite a cualquier recurso, mientras que en el caso de Villalba se concedió el recurso de apelación a pesar de estar prófuga. Los representantes legales de la querella sostienen que este trato desigual viola el principio de igualdad procesal y sentaría un “precedente nefasto”.
Según la querella, permitir que una persona con orden de captura litigue libremente significaría premiar la rebeldía y socavar la credibilidad del sistema judicial. Por ello, solicitan que se aplique el mismo criterio de exigencia adoptado en el caso de Huespe y se rechace el trámite de la apelación de Villalba hasta que esta se someta a la justicia.
Finalmente, los abogados solicitaron a la magistrada que, en caso de no hacer lugar al recurso de reposición, remita el caso al Tribunal de Apelación, esperando que dicha instancia revoque la providencia y ordene la ejecución inmediata de la pena privativa de libertad.