Ratifican apertura a juicio en caso contra asistente fiscal y abogado

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Momento de la aprehensión

El Tribunal de Apelación confirmó el fallo que elevó a juicio la causa contra el asistente fiscal Ramón Petters y el abogado Raúl Cardozo, acusados por tráfico de influencias y por resistencia por presuntamente exigir Gs. 5.000.000 para que la Fiscalía no presente imputación en una causa por violencia familiar. Sin embargo, admitió revisar ciertos aspectos relacionados a la nulidad de la acusación.

El recurso de apelación fue presentado contra el A.I. N° 350 dictado en diciembre del año 2024 por el juez penal Humberto Otazú, quien había ordenado la elevación de la causa a juicio oral y público. La Cámara, compuesta por los magistrados Silvana Luraghi, Gustavo Amarilla y Claudia Criscioni, analizó los agravios presentados por la defensa.

En su fallo, la Alzada consideró inadmisibles los planteamientos relacionados al pedido de sobreseimiento definitivo y a la cuestionada apertura a juicio, argumentando que tales cuestiones deberán ser resueltas en la etapa oral. Sin embargo, respecto al agravio que cuestionaba la validez de la acusación fiscal, los jueces abordaron en profundidad la problemática de la declaración indagatoria del imputado.

El magistrado Gustavo Amarilla destacó serias irregularidades en la indagatoria tomada a Petters Paredes. Afirmó que el Ministerio Público no brindó una descripción clara, concreta y detallada de los hechos imputados, limitándose a enunciar los delitos atribuidos sin precisar circunstancias de tiempo, lugar y modo, vulnerando así el derecho constitucional de defensa. Incluso comparó el tratamiento diferenciado otorgado a otro imputado en la misma causa, quien sí recibió una explicación detallada de los hechos.

«El acto de indagatoria realizado al señor Petters Paredes fue defectuoso, afectando derechos fundamentales garantizados por la Constitución y el Código Procesal Penal», sostuvo Amarilla, quien propuso la nulidad parcial del proceso respecto al imputado, sin afectar el trámite seguido contra otros coacusados. Sin embargo, las juezas Luraghi y Criscioni consideraron que Petters fue debidamente notificado, tuvo acceso a las evidencias y optó libremente por abstenerse de declarar, por lo que no se configuró un perjuicio que amerite la nulidad pretendida.

Finalmente, el Tribunal resolvió confirmar el rechazo al incidente de nulidad de acusación y mantener la elevación de la causa a juicio oral, imponiendo las costas procesales en el orden causado.